Los ingresos que están cobrando los asalariados en estos días llegan con menores descuentos de aportes a la seguridad social, o bien incluyen la devolución de un monto del Impuesto a las Ganancias por lo descontado en los meses previos.
En el caso de quienes tienen una remuneración bruta de hasta $60.000, corresponde que por los salarios de agosto y de este mes haya una bonificación de hasta $2000 en el aporte destinado al sistema jubilatorio, que es de 11% del salario.
En un sueldo mensual bruto de $40.000, por ejemplo, el aporte total equivale a $4400. Por este mes y el próximo, en cambio, se descuentan $2400 en cada período, ya que el Estado se hace cargo de los $2000 restantes. Para una remuneración de $55.000, por ejemplo, los aportes agosto y de septiembre quedan en $4050 en lugar de los $6050 habituales.
¿Qué pasa si una misma persona cobra dos o más salarios porque tiene dos o más empleadores? Según la resolución general 4558, siempre que no se supere el tope de $60.000 al sumar las remuneraciones brutas, los trabajadores deberán comunicar a cada empleador cuánto es lo cobrado en otra relación laboral, para que el beneficio se aplique de manera proporcional.
En los casos de contratos a tiempo parcial, o también cuando se haya trabajado solo una parte del mes, el tope de $2000 se considera de manera proporcional.
El alivio en el monto del descuento salarial está limitado al aporte jubilatorio. En cambio, se restan de la forma habitual los que tienen como destino el financiamiento a la obra social y al PAMI, cada uno de ellos del 3% de la remuneración.
Ganancias
También se elevaron en un 20% las bases imponibles del Impuesto a las Ganancias, que en enero de este año se habían incrementado en un 28,29 por ciento.
Por lo tanto, algunos asalariados quedan liberados de los descuentos de Ganancias y, otro grupo de trabajadores siguen de todas formas alcanzados, pero con descuentos inferiores a los que venían teniendo. En ambas situaciones, como la modificación dispuesta tiene vigencia para las remuneraciones de todo el año, los recálculos indican que hubo descuentos de más y que, por tanto, se debe hacer la restitución de montos a los contribuyentes.
Por estos días y en octubre se da el efecto más fuerte de los cambios que hubo en el impuesto, porque son los períodos en los cuales se devuelven esas diferencias que surgen de calcular el impuesto según lo vigente hasta hace pocos días y de recalcularlo utilizando los nuevos parámetros.
Lo restituido aparece discriminado, en el recibo de sueldo, como "Beneficio Decreto 561/19".
Los montos de esa devolución y del alivio anual en la carga impositiva varían según cada caso en particular. La Nación ejemplificó las diferencias en el impuesto anual y mensual, según el cálculo sea el anterior o el posterior a la medida.
Un asalariado sin ninguna deducción por familia ni por otros motivos, con una remuneración bruta promedio mensual este año de $50.000, habría tributado, por todo 2019, $2420, o un promedio mensual de $202, en caso de no mediar cambios. Con la modificación, esta persona queda al margen del impuesto por 2019, con lo cual se le debe devolver lo retenido hasta ahora. Además, en este caso se suma el efecto de los $2000 más de bolsillo por la bonificación en el descuento al sistema jubilatorio.
Si se trata de alguien con un sueldo de $60.000 brutos, también sin deducciones, entonces habría tenido un descuento por Ganancias de $16.836. Con las modificaciones, el recálculo da un impuesto anual de $3169. Entonces, deberá haber compensación por lo ya retenido de más y, en lo que queda del año, habrá descuentos pero menores a los anteriormente previstos.
Alguien con una remuneración promedio mensual en el año de $85.000 brutos, con deducciones por cónyuge y dos hijos, habría pagado con el esquema anterior un impuesto anual de $39.954. Con el cambio, el cálculo da que tributará $18.624 en el año. También recibirá, entonces, una compensación por lo descontado de más hasta ahora y, además, luego se le seguirá restando un monto en concepto del impuesto.
Con un sueldo bruto mensual también de $85.000 brutos, pero en este caso con un hijo a cargo y con deducción por pagos al personal de servicio doméstico, se habría pagado por Ganancias un total anual de $49.048. En cambio, con lo ahora dispuesto el monto anual quedará en $21.925, señala el matutino.