Los monotributistas pagan, de acuerdo a su categoría -que van desde la B a la K-, una alícuota mensual, que incluye diversos componentes. Entre ellos, se encuentra el pago de una obra social a elección de la persona, un dato que no todas las personas inscriptas en el régimen de monotributo conocen. En muchos casos, los beneficiarios tienen más de una cobertura por ese motivo, sin saber que los fondos pueden transferirse a otra obra social de su elección.
Por eso, es importante conocer el procedimiento para realizarlo con éxito e invertir la menor cantidad de tiempo posible. En principio, es necesario saber que para iniciar el cambio de cobertura la persona deberá concurrir a la sede de la obra social por la que desea optar para hacer dos cosas: completar el formulario correspondiente y suscribir el libro rubricado. El trámite se debe hacer personalmente y es totalmente gratuito.
A partir de ese momento, el tiempo de espera son tres meses. Luego, el primer día del tercer mes desde la fecha en que se realizó la opción de cambio comenzará la cobertura de la nueva obra social.
Por otro lado, es necesario saber que, de acuerdo a la Resolución General 576/04 de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), ninguna obra social que se encuentre habilitada para recibir beneficiarios monotributistas puede rechazar una afiliación. Es un dato a destacar, ya que ha habido casos en los que las coberturas demoran el trámite al punto de no permitir que el beneficiario se afilie a la obra social.
Los monotributistas que se hayan reempadronados y que ya tuvieran obra social pueden ejercer su derecho de opción solo una vez en el año calendario, es decir que, una vez realizado el cambio deben permanecer un año completo bajo la cobertura elegida. Recién en ese momento podrán volver a ejercer su derecho de opción y cambiar nuevamente de obra social.
Asimismo, el procedimiento se puede realizar desde las obras sociales sindicales a las prepagas, es decir, a los servicios de medicina privados. Las personas que cuentan con la cobertura de un servicio de salud que depende del sindicato al que están afiliados pueden cambiarla y optar por un servicio prepago. Es decir, pueden solicitar que el dinero que se paga mensualmente a la obra social se destine a una empresa de medicina prepaga, teniendo en cuenta que el excedente -si es que lo hay- entre esa cuota y el plan seleccionado tendrá que pagarlo aparte.
Por último, los empleados que cuenten con la cobertura de obras sociales sindicales también pueden elegir cambiar de obra social y optar por otra sindical. El beneficiario puede ejercer la opción de cambio desde el momento de inicio de la relación laboral, sin necesidad de permanecer un tiempo bajo la cobertura asignada. Puede elegir una obra social del listado de Obras Sociales Sindicales.
Este trámite debe ser realizado personal e individualmente por el titular afiliado. Al igual que en el caso de los monotributistas, el cambio se efectiviza el primer día del tercer mes desde la presentación de la solicitud de cambio. Durante dicho período la Obra Social de origen debe otorgar al afiliado la prestación médica correspondiente, de modo tal que la persona no quede sin cobertura.
Este tipo de trámites son importantes para las personas que cuentan con alguna de las coberturas médicas mencionadas. Conocer los procedimientos y pasos a seguir para realizarlos otorga las herramientas para hacerlo de manera exitosa, al mismo tiempo que permite realizar los reclamos pertinentes en caso de que corresponda.