En lo que constituirá el primer impacto de la aplicación de las polémicas presunciones laborales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) le quitará beneficios impositivos y les aumentará las alícuotas en las percepciones fiscales a las empresas que tengan menos empleados que el promedio de su sector o que implementen planes de suspensiones o despidos.
De esta manera, se busca encarecer el costo a soportar por las empresas que reduzcan personal por cuestiones estacionales o sistémicas.
Si se trata de una empresa dedica al comercio exterior, la declaración de "compañía riesgosa" la harían perder los beneficios de la aduana factoría o aduana domiciliaria o someter todas sus operaciones al canal rojo.
Presunciones laborales
Con la mira puesta en combatir el trabajo en negro y la evasión previsional, la AFIP establecerá valores criterio objetivos que fijarán la cantidad mínima de empleados necesarios para concretar un trabajo en la actividad comercial e industrial.
De esta manera el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, saca del archivo una idea que ya estaba establecida en el plan antievasión II sancionado por el Congreso Nacional en 2005.
"Esta herramienta de control permitirá defender el empleo registrado, combatir la informalidad laboral y desalentar la competencia desleal entre los empresarios", informaron desde la AFIP.
El plan antievasión II faculta a la AFIP a determinar de oficio las obligaciones de seguridad social (aportes y contribuciones previsionales) cuando resulte impugnable una declaración jurada ó cuando el empleador no la haya presentado. La ley especifica que si el organismo carece de estos elementos podrá estimar la cantidad de empleados y aportes previsionales necesarios para desarrollar una actividad.
"Estas estimaciones se logran gracias a las presunciones establecidas sobre la realidad económica de un sector", precisaron desde el fisco nacaional.
Las presunciones permitirán inferir una relación laboral oculta o una remuneración no declarada a partir de hechos concretos. Por eso, también se aplicarán a partir de la falta de colaboración del empleador con el fiscalizador del organismo.
"Los valores criterio para cada sector serán publicados mediante resoluciones generales de la AFIP", precisaron desde el organismo de recaudación.
La herramienta permitirá establecer los estándares de comportamiento mínimo de los empleadores y se van a ir desarrollando los perfiles sistémicos para abordar a los incumplidores en forma inteligente. El acceso a través de los sistemas informáticos de la AFIP estará reservado para las inconductas menores y generalizadas con el fin de corregirlas; en tanto, la fuerza operativa con personal altamente calificado será destinada a constatar personalmente incumplimientos más graves.