Esto se debe a las modificaciones de requisitos establecidos por la Resolución 25/2015 para poder tramitar la Constancia de Inscripción en el IERIC que se renueva anualmente.
Modificación que a mi entender es excesivamente burocrática y cuyo engorroso y oneroso cumplimiento, especialmente para los que están inscriptos en los Registros Públicos Provinciales no tiene justificación alguna.
Para poder extender el plazo deberán acreditar en Sede Central o ante la Representación más cercana, haber iniciado el trámite mencionado ante el Registro Público Provincial /IGJ o su credencial año 2016 con vencimiento 01/07/2016.
Pueden ver los requisitos para el tramite desde http://contadoresenred.com/ieric-renovacion-anual-como-solicitar-el-certificado-para-acreditar-domicilio/