De acuerdo a lo establecido en la Resolución 24/2014 el IERIC fijó las sumas que deberán pagarse en concepto de Arancel por Inscripción serán :
- TIPO A: Empresas Unipersonales y Sociedades Irregulares $ 2.250.-
- TIPO B: Sociedades formalmente constituidas como Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, y otras inscriptas en la Inspección General de Justicia o Registro Público de Comercio $ 4.500.-.
Arancel por Renovación Anual:
- TIPO A: Empresas Unipersonales y Sociedades Irregulares $ 1.500.
- TIPO B: Sociedades formalmente constituidas como Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, y otras inscriptas en la Inspección General de Justicia o Registro Público de Comercio $ 3.000.-.
Los importes de los aranceles por reinscripciones de las empresas dadas de baja por el art. 9° de la Disposición R.N.I.C. N° 56/1994 serán equivalentes a los anteriormente citados