El ajuste del marco normativo se dio a conocer a través de la resolución general (AFIP) 2.812 publicada en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga click aquí.
La reglamentación dispone la utilización obligatoria de la declaración de cargas sociales online para "el universo de empleadores que ocupan hasta diez trabajadores".
De manera complementaria, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray, amplia el número de empleadores que "podrán el sistema en forma opcional". Puntualmente, se eleva de diez a 20 el número máximo de trabajadores.
Respecto a la entrada en vigencia, la norma establece que será obligatoria "para las presentaciones de declaraciones juradas de cargas sociales -originales o rectificativas- correspondientes a los períodos devengados desde febrero de 2007, que se realicen a partir del primer día del segundo mes inmediato posterior al de su publicación en el Boletín Oficial".