La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la percepción del 35% a cuenta de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para las operaciones de compra de moneda extranjera.
Ezequiel Passarelli, director de Impuestos de SCI Group, señaló que la reglamentación define quienes encuadran como pequeños contribuyentes.
Los pequeños contribuyentes gozan de los siguientes beneficios:
- No tienen que repatriar el 30% de los bienes en el exterior.
- No tienen las limitaciones referidas al dólar MEP o CCL
Cuáles son los requisitos que estableció la AFIP para ser pequeños contribuyentes:
- Inscriptos (Ganancias, Bienes Personales o Monotributo)
- Ingresos menores a $1.726.599,88
- Bienes por un total menor a $20 millones.
En tanto, la condonación de intereses y multas se hará en forma automática. No hay que hacer ningún trámite o presentación.
Respecto a los anticipos de la moratoria, Passarelli, señala que se aplica el siguiente esquema:
a) Micro Empresas, Sin Fin de Lucro y Pequeños Contribuyentes: 0%
b) Pequeñas y Medianas Empresas del Tramo 1: 1%
c) Medianas Empresas -Tramo 2: 2%
d) Resto: 4%
La nueva moratoria también pone en marcha un flamante régimen de información:
Quienes ingresen deberán informar los socios con más del 30% del Capital Social
En tanto, sólo a los que les aplique la repatriación:
(i) deberán informar los activos financieros en el exterior;
(ii) adjuntar un informe especial de contador público.
Asimismo, las empresas que no son PyMEs quedan afuera de la Moratoria.
La reglamentación confirma que aplica a ambos: sociedad y socios (directos e indirectos)
En tanto, la flamante reglamentación determina los destinos de repatriación y define "Activos Financieros".