Créditos a tasa cero para trabajadores autónomos
Implementación y condiciones:
Se definió cuantitativamente el universo de trabajadores autónomos aportantes al SIPA que reúnen las condiciones, y por ende resultan elegibles como beneficiarios del Crédito Tasa Cero.
Se recomienda que estos sujetos sean elegibles para el Crédito Tasa Cero siempre y cuando cumplan con las condiciones definidas para las personas adheridas al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.
A fin de la evaluación de los ingresos y demás indicadores, en el caso de las y los trabajadores autónomos se tomará el período comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019, respecto del mismo período de 2020.
Adicionalmente, deberán reunir las siguientes condiciones:
- Situación crediticia aceptable.
- No encontrarse adherido al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.
- No ser integrante de directorio de sociedades comerciales.
Los beneficiarios de este financiamiento no podrán acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos ni adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencia en custodia al exterior hasta la cancelación total de crédito.