6 nuevos trámites que incorporó AFIP en la últimas semanas a Presentaciones Digitales:
¿Qué trámites puedo realizar digitalmente?
Hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, es obligatorio utilizar el servicio presentaciones digitales para los siguientes trámites:
- Cancelación de inscripción por fallecimiento (*)
- Modificación de capacidad productiva (*)
- Presentación de escritos recursivos. Art. 74, D.R 1397/79 (*)
- Readecuación de nómina. Formulario 885/A (*)
- Registro fiscal de operadores de granos (*)
- Reorganización de sociedades (*)
(*) Una vez recibida la presentación, te informaremos los requisitos para tu caso en particular.
Las presentaciones digitales enviadas deben cumplir con los requisitos y condiciones que se especifican para cada trámite. Caso contrario, recibirás una comunicación de rechazo en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) indicando los motivos para que puedas subsanarlos y volver a presentarla.
También te avisaremos por DFE cuando sea necesario que te acerques personalmente a la dependencia para aclarar o exhibir los originales de la documentación presentada digitalmente. La falta de concurrencia en la fecha y hora acordada dará lugar al archivo del trámite por razones de incumplimiento.
Para las presentaciones y/o comunicaciones electrónicas que se efectúen en un día feriado o inhábil e impliquen el inicio de un plazo para algún trámite, este comenzará a contarse a partir del primer día hábil siguiente.