Con la mira puesta en combatir la evasión en Patentes y reforzar la caja bonaerense, la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) reformuló y reforzó el marco legal que le permite "secuestrar" los autos a quienes deben impuestos.
Desde ARBA explicaron que la medida apunta a dirigir el accionar "sobre aquellos contribuyentes que, pese a evidenciar mayor capacidad contributiva, no cumplen en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales".
A través de la flamante resolución 15/2014, "se revisan los procedimientos de secuestro de autos, en pos de agilizarlos y dotarlos de una mayor eficiencia y eficacia".
Secuestro de vehículos
En primer término, la normativa aclara que sólo podrán ser "secuestrados" los vehículos automotores que tengan una antigüedad no mayor a 5 años y cuya valuación fiscal resulte superior a 90.000 pesos.
Igualmente, la norma aclara que la antigüedad no será un freno a la hora de retener rodados, cuando se trate de autos considerados suntuarios o deportivos.
Asimismo, sólo se podrán secuestrar los vehículos cuando se verifique la falta de pago de las obligaciones provenientes del Impuesto a los Automotores (Patentes) por un importe equivalente al 10% o más de su valuación fiscal, o respecto de los cuales se adeude un 30% o más de las cuotas vencidas no prescriptas de los respectivos planes de pago.
Constatadas las condiciones antes enumeradas, los autos quedarán en situación de secuestro sin más trámite y serán incluidos en la nómina que figura en la página de ARBA.
Dicho listado tendrá, a los fines de la precisa identificación del vehículo y su situación impositiva, los datos referidos a:
- Número de dominio
- Modelo-Año
- Marca
- Valuación Fiscal
- Localidad de radicación
- Monto de la deuda.
Los morosos saldrán de la lista online dentro de los 5 días hábiles de acreditados los pagos adeudados o adhesiones a planes de pago pertinentes.
A fin de atenuar el marco legal, ARBA aclara que se abstendrá de hacer efectivo el secuestro del vehículo cuando el interesado:
- Acredite haber abonado o regularizado las obligaciones tributarias cuyo incumplimiento motiva la medida, en forma previa a la detención, mediante la exhibición de los comprobantes respectivos.
- Cancele la deuda exigible, al menos en un 50% de lo adeudado de acuerdo a lo establecido seguidamente y se comprometa a la regularización del saldo restante dentro de un plazo de 15 días corridos.
Fraude en Patentes
Por otra parte, el fisco bonaerense sigue de cerca a quienes viviendo en Buenos Aires radiquen -de manera fraudulenta- su auto en otra jurisdicción a fin de reducir la carga fiscal que deben soportar.
Este tipo de maniobras tiene lugar en un escenario donde son diferentes los criterios y pautas que emplean las provincias a la hora de determinar el valor anual del gravamen. De hecho, hay algunas que llegan a cobrar hasta tres veces menos que el monto establecido por el Código Fiscal.
Es por ello que la reglamentación vigente establece en estos casos que "los propietarios de vehículos automotores con asiento principal de su residencia en territorio bonaerense, que tengan radicados los mismos en otras jurisdicciones, incurrirán en defraudación fiscal y serán pasibles de la aplicación de una multa equivalente al 200% del tributo anual que se deja de ingresar a la Provincia".
"Detectado el incumplimiento, de no mediar la regularización del contribuyente, el fisco bonaerense podrá asimismo reclamar la deuda devengada desde la fecha del acto administrativo que disponga la pertinente inscripción de oficio", agrega el Código Fiscal provincial vigente.
Por lo tanto, de tratarse de un evasor, la multa del 200% más el impuesto adeudado hacen que el monto anual a cancelar en Patentes se triplique.
Un nuevo plan de pagos
A fin de facilitar la regularización de los deudores impositivos bonaerenses, ARBA lanzó un nuevo plan de pagos que permite refinanciar la deuda en hasta 96 meses.
El amplio programa de regularización de deudas, tanto en instancia prejudicial como judicial, rige hasta el 31 de mayo de este año y permite ponerse al día con los impuestos sobre los Ingresos Brutos, Automotores, Inmobiliario y Sellos.
El plan, denominado "Inclusión tributaria", está orientado sobre todo para aquellos contribuyentes de menor capacidad económica que tuvieron dificultades para afrontar sus obligaciones tributarias.
Este sector de la sociedad tiene los beneficios más importantes, que alcanzan al 50% de descuento por pago contado, al 30% por abonar en 3 cuotas y al 10% por hacerlo en 6 pagos.
También es posible pagar en 12 mensualidades sin interés, con un anticipo del 5%, y quienes prefieran suscribir planes a más largo plazo podrán optar por pagos de hasta 30 cuotas, con una tasa de financiación del 2% sobre saldo.
Ya sin descuentos, y con intereses, habrá opciones para abonar en hasta 96 cuotas.
Cabe destacar que estas ventajas rigen para los deudores de Ingresos Brutos que deban sumas inferiores a $30.000; los de Automotores que tengan vehículos con valuación menor o igual a $90.000; y los de Inmobiliario Urbano Edificado con casas valuadas por el fisco en una suma menor o igual a $150.000. Aquellos contribuyentes que superen estos límites también podrán acceder al programa, aunque con menores beneficios.