En caso de no desarrollar otra actividad, los jubilados/empleados en relación de dependencia deberán utilizar alguno de los siguientes códigos de actividad, previstos en la tabla Anexa de la RG 3537/13:
000007 - Jubilado
000008 - Estudiante
000009 - Ama de Casa
000010 - Ex Agente de la Administración Pública
000011 - Trabajador en Relación de Dependencia (No incluye directivos de sociedades)