El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, informó anteayer que 42.700 contribuyentes se pasaron del Régimen General al Monotributo, a raíz de la suba de los límites de facturación del mes pasado.
Estos contribuyentes tendrán igualmente que presentar el año que viene la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias por el período durante el cual estuvieron inscriptos en el Régimen General, y se encontrarán con varias dificultades. Especialmente será complicado si en el año ya habían estado en el Monotributo, habían resultado excluidos y ahora regresaron.
Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores, puso como ejemplo el caso de una persona que inició 2013 como monotributista y que se pasó al Régimen General a partir del 1º de febrero de 2013. Ahora, vuelve al monotributo, a partir del 1º de octubre. Este contribuyente estará obligado a confeccionar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias por 2013, pero declarando los ingresos gravados sólo durante el período que va del 1º de febrero al 30 de septiembre. Los ingresos de enero y del trimestre octubre a diciembre van por el Monotributo, y los tiene que considerar como exentos.
Ahí comienzan los inconvenientes, que Rodríguez resumió a El Cronista como sigue:
- El patrimonio neto al inicio y al cierre que tiene que declarar será, sin embargo, las fotos al 1º de enero y al 31 de diciembre de 2013.
- Cuando liquide Ganancias, tendrá que hacer una segmentación, aplicando las modificaciones que sufrieron las deducciones personales en marzo, julio y septiembre, suponiendo que tiene además rentas en relación de dependencia.
- Se dará una paradoja, además: si el sujeto es un profesional que tiene ingresos facturados hasta el 30 de septiembre, fecha en la que vuelve al Monotributo, y que las percibe luego de esa fecha, entonces no pagará Impuesto a las Ganancias sobre las mismas atento a que se liquidan por el criterio de lo percibido.
- Las amortizaciones de los bienes de uso y demás gastos los podrá tomar solo por el período en el que estuvo en el Régimen General.
- Si tuviera saldos a favor de IVA, Ganancias o Ganancia Mínima Presunta, no está previsto que los pueda utilizar contra el pago del Monotributo. Entonces, deberá solicitar al fisco la devolución de las sumas pagadas.
El mes pasado el Gobierno modificó los topes de facturación de las escalas del Monotributo, algo que venían pidiendo los empresarios pymes. Ahora, la categoría más baja (B) corresponderá a quienes facturen hasta $48.000 anuales, mientras que la categoría más alta de prestación de servicios (I) tendrá como máxima una facturación de $400.000 al año, el doble de lo que estaba vigente hasta ese momento. En el caso de los monotributistas que se dedican a la venta de bienes muebles, la máxima categoría duplicó el monto límite de facturación anual y pasó de $300.000 a $600.000 anuales.
El importe mensual sigue igual por ahora, ya que tanto el impuesto integrado como el aporte provisional y el pago a la obra social quedaron sin cambios, pero Echegaray viene anticipando que habrá cambios en los próximos meses.
Echegaray informó que a septiembre pasado se registraron 2.858.920 contribuyentes en el régimen del Monotributo.
El 34% de los monotributistas están radicados en la provincia de Buenos Aires y un 17% en la ciudad de Buenos Aires.