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26 Oct

Requisitos a tener en cuenta para comprar divisas

La UIF y la AFIP establecen pautas precisas a respetar por las entidades financieras y por los clientes habituales y ocasionales. El fisco compara el monto de divisas adquiridas contra determinados indicadores de la situación impositiva de los contribuyentes.

El titular de la Unidad de Información Financiera (UIF) José Sbatella ya confirmó que el Gobierno nacional profundizará los operativos que ponen la mira sobre los compradores de dólares.

Ante tal afirmación, no son pocas las empresas y particulares que comenzaron a revisar el listado de requisitos vigentes que se exigen al momento de efectuar una compra de divisas.

Como norma general, el Banco Central establece que los particulares pueden comprar hasta u$s20.000 mensuales en efectivo.

La UIF y la AFIP de la mano
En primer término, a fin de desactivar posibles maniobras de lavado de dinero se encuentra en plena vigencia 
la resolución 12/2011 emitida por el organismo a cargo de José Sbatella. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

La reglamentación establece pautas precisas para los bancos, casas de cambio y todas "las personas físicas o jurídicas autorizadas por el Banco Central para operar en la compraventa de divisas o en la transmisión de fondos dentro y fuera del territorio nacional".

La norma diferencia a los clientes / compradores habituales de los operadores ocasionales.

"Los compradores habituales son aquellos clientes con los que se entabla una relación de permanencia y aquellos clientes con los que si bien no se entabla una relación de permanencia, realizan operaciones por un monto anual que alcance o supere $60.000 o su equivalente en otras monedas", establece la norma vigente.

En cambio, los operadores ocasionales son "aquellos clientes con los que no se entabla una relación de permanencia y cuyas operaciones anuales no superan $60.000 o su equivalente en otras monedas".

Respecto a los bancos y casas de cambio, la flamante resolución establece -entre otras- las siguientes obligaciones:

  • La elaboración de un manual que contendrá los mecanismos y procedimientos para la prevención de lavado de dinero.
  • La designación de un oficial de cumplimiento.
  • La implementación de auditorías periódicas.
  • La capacitación del personal.
  • La elaboración de registros de análisis y gestión de riesgo de las operaciones inusuales detectadas y aquellas que por haber sido consideradas sospechosas hayan sido reportadas.
  • La implementación de herramientas tecnológicas acordes con el desarrollo operacional del sujeto obligado.
  • La implementación de medidas que le permitan a los sujetos obligados consolidar electrónicamente las operaciones que realizan con sus clientes.

La resolución también obliga a requerir los siguientes datos a los compradores de dólares, ya sean habituales u ocasionales:

  • Nombre y apellido completos.
  • Fecha y lugar de nacimiento.
  • Nacionalidad.
  • Sexo.
  • Tipo y número de documento de identidad que deberá exhibir en original y al que deberá extraérsele una copia.
  • CUIL, CUIT o CDI.
  • Domicilio real (calle, número, localidad, provincia y código postal).
  • Número de teléfono y dirección de correo electrónico.
  • Declaración jurada indicando estado civil y profesión, oficio, industria o actividad principal que realice.
  • Declaración jurada indicando expresamente si reviste la calidad de persona expuesta políticamente.

De tratarse de empresas compradoras habituales u ocacionales, los requisitos son los siguientes:

  • Denominación o razón social.
  • Fecha y número de inscripción registral.
  • CUIT o CDI. Este requisito será exigible a extranjeros en caso de corresponder.
  • Fecha del contrato o escritura de constitución.
  • Copia del estatuto social actualizado, certificada por escribano público o por el propio sujeto obligado.
  • Domicilio legal (calle, número, localidad, provincia y código postal).
  • Número de teléfono de la sede social, dirección de correo electrónico y actividad principal realizada.
  • Copia del acta del órgano decisorio designando autoridades, representantes legales, apoderados y/o autorizados con uso de firma social, certificadas por escribano público o por el propio sujeto obligado.
  • Datos identificatorios de las autoridades, del representante legal, apoderados y/o autorizados con uso de firma, que operen ante el sujeto obligado en nombre y representación de la persona jurídica.
  • Titularidad del capital social (actualizada).
  • Identificación de las personas físicas que directa o indirectamente ejerzan el control real de la persona de existencia jurídica.

Relación con el nivel de ingresos
Más allá de los límites y requisitos antes mencionados, la AFIP pone la mira en la razonabilidad que debe mantener la relación entre el nivel de ingresos del comprador y la cantidad de dólares adquiridos.

Para ello, se compara el monto de dólares adquirídos contra determinados indicadores de la situación fiscal que la AFIP posee en su base de datos. Entre ellos se destacan:

  • Consumos en tarjetas de crédito y débito.
  • Movimientos bancarios.
  • Declaraciones patrimoniales.
  • Pago de cuotas de colegios privados.
  • Inversiones en fideicomisos.

Por lo tanto, cuando se presentan manifiestas incongruencias, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray direcciona las cartas a los contribuyentes.

Consultado sobre qué se puede hacer cuando se recibe una intimación, el consultor tributario Iván Sasovsky señaló que "hay que armar una multinota (formulario 206) donde se exponen los orígenes de los fondos, es decir, demostrar de dónde se obtuvieron los ingresos para comprar los dólares".

Complementariamente, advirtió que "es importante también detallar las aplicaciones que se dará a la moneda extranjera, ya que no es lo mismo que las divisas sean utilizadas para el ahorro que para pagar a un proveedor del exterior".

"Acá no se cuestiona que se compren dólares, sino que se pide que se reafirme la condición de pequeño contribuyente demostrando que existe una correlación entre sus ingresos y su categoría dentro del Monotributo", destacó Sasovsky.

 

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