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19 Sep

ARBA refuerza el control sobre el transporte de mercaderías

A partir de mañana, quienes lleven a cabo traslados de bienes deberán gestionar, previamente, un código obligatorio. El trámite tendrá que realizarse cuando los productos valgan más de $30.000 o cuyo peso sea igual o superior a 4.500 kilos.

A partir de mañana, la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) reforzará el control sobre el transporte de mercaderías.

En efecto, el organismo a cargo de Martín Di Bella ajustará y profundizará el procedimiento para obtener el Código de Operación de Transporte (COT) de bienes en el territorio bonaerense

Como primer gran cambio, el mencionado código deberá ser obtenido con carácter previo al transporte de la mercadería. Los sujetos obligados tendrán que tramitarlo hasta dentro de los 30 minutos de iniciado el traslado de la misma.

Complementariamente, el reformulado marco legal vigente establece que, junto con el tipo de producto y cantidad transportada, se debe informar el valor total de los artículos en cuestión.

El contribuyente deberá justificar el transporte o traslado de bienes, con carácter previo, mediante el envío de la información a través del remito electrónico.

En tanto, ARBA dejó en claro que debe tramitarse el COT cuando se transporten o trasladen por tierra mercaderías cuyo valor arranque en $30.000 o cuyo peso sea igual o superior a 4.500 kilos.

Últimos ajustes
Desde el Departamento de Consultoría Tributaria del Estudio Harteneck - Quian - Teresa Gómez & Asociados explicaron los puntos claves del marco legal que comienza a regir mañana.

Con respecto al valor total de los productos a transportar, la reformulada reglamentación establece que, de haberse emitido factura, se deberá declarar el precio definitivo de venta consignado en el comprobante.

"En los restantes supuestos, el deber de informar el valor total de la mercadería transportada se considerará cumplido siempre que lo informado sea una estimación razonable", precisaron desde Harteneck - Quian - Teresa Gómez & Asociados.

"De transportarse mercaderías cuyo valor se encuentre pactado en moneda extranjera, se deberá precisar su valor en pesos de acuerdo a la cotización oficial, tipo vendedor, del día hábil inmediato anterior a aquél en el cual se obtiene el COT", agrega la reglamentación.

Asimismo, resultará optativo proporcionar datos sobre el valor total cuando se transporten bienes por el propio titular (CUIT de origen y destino coincidentes) o cuando se trate de productos no terminados para someterlos a un proceso o se realice el reintegro de los mismos.

También será optativo informar el valor total de los bienes cuando se trate de mercadería en devolución posterior a su entrega original.

"En todos los casos, los bienes o mercaderías deberán tener su destino debidamente identificado en el cuerpo del documento que respalde el traslado o transporte (remito)", advirtieron los expertos.

Respecto a la aplicación de sanciones, se establece que los castigos no serán aplicables en el caso de transporte o traslado por parte de quien alegue ser consumidor final, siempre que no ejerza actividad comercial alguna que pueda vincularse con los bienes o mercaderías involucradas. 

 

Más herramientas online
De igual manera, el organismo a cargo de Martín Di Bella profundizó el cuestionado mecanismo online de anticipos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos que afecta a las empresas y particulares que facturan hasta $25.000 al mes.

 

En efecto, el fisco bonaerense amplió la información que deben presentar mensualmente los contribuyentes que están obligados a utilizar el mecanismo de pagos a cuenta online.

De acuerdo al nuevo marco vigente, el cuestionado sistema denominado ArbaNet calcula mes a mes el importe que deben cancelar en concepto de anticipos en Ingresos Brutos los contribuyentes que facturan hasta $25.000 al mes.

Puntualmente, el fisco bonaerense exige a todos los contribuyentes del padrón de ArbaNet a declarar mensualmente los siguientes datos:

  • El total de ingresos gravados, no gravados y exentos.
  • El total de retenciones y percepciones sufridas en el gravamen.


La información extra deberá ser suministrada sin importar si el contribuyente bonaerense propone ajustar el monto indicado desde ARBA.

Complementariamente, la reglamentación indica que los obligados podrán cambiar el monto del pago a cuenta "hasta el último día del mes en el cual opere el vencimiento para el pago del anticipo que se pretende readecuar".

"La aplicación informática rechazará de manera automática cualquier intento posterior de modificación", agrega la norma.

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