La Cámara Argentina de Comercio y servicios (CAC) solicita al Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Dr. Juan Pazo, se establezca a la brevedad posible un procedimiento ágil para el recupero de los créditos a favor de los contribuyentes ocasionados por los pagos a cuenta en la importación de bienes, establecidos por la Resolución General (AFIP) N° 5.393 y sus modificaciones, que resultaran en exceso a la obligación total.
El organismo solicitante advierte que 'en la medida que el fisco no implemente urgentemente algún mecanismo para su devolución, esta circunstancia terminará repercutiendo en el “traslado a precio”' y, no producirá los efectos deseados con la medida de reducción del tributo, tomada por ARCA semanas atrás.
Pago a cuenta del Impuesto PAÍS
En julio de 2023, la citada normativa había establecido un pago a cuenta -ahora no vigente conforme RG 5604/2024- del “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” creado por la Ley N° 27.541, aplicable a determinados bienes al momento de su importación.
Dicho pago a cuenta se calculaba sobre el Valor FOB declarado en la destinación de importación y su ingreso recae sobre el importador, quien debía cumplirla al momento de la oficialización de la destinación de importación. Este pago se determinaba en función del 95% de la alícuota del Impuesto PAIS vigente al momento de la importación y se computaría contra el impuesto determinado que surja al perfeccionarse el hecho imponible asociado a la importación que dio origen al pago cuenta.