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14 Ene

ARBA avanza sobre las propiedades que no están declaradas

La aprobación de la Ley Impositiva 2011 reforzó y amplió el poder de policía catastral que podrán llevar adelante los agentes del fisco bonaerense. También ajustó las facultades para secuestrar autos y embarcaciones pertenecientes a morosos.

Con la mira puesta en reforzar la recaudación y reducir el nivel de evasión en el Impuesto Inmobiliario, el gobernador Daniel Scioli ya cuenta con todas las armas necesarias para avanzar sobre las construcciones no declaradas o mal registradas.

La Ley Impositiva 2011 -que ya se encuentra en plena vigencia- reforzó y amplió el poder de policía catastral que podrán ejercer los agentes del fisco bonaerense.

 Complementariamente, el Código 2011 también ajustó las facultades que deben seguir los inspectores a fin de secuestrar autos y embarcaciones pertenecientes a morosos impositivos.

La mira puesta en las construcciones
De acuerdo a la Ley Impositiva provincial vigente para este año, el poder de policía inmobiliario catastral se amplía y comprende las siguientes atribuciones, entre otras:

  • Practicar de oficio actos de relevamiento territorial con fines catastrales.
  • Exigir declaraciones juradas a los propietarios u ocupantes de los inmuebles.
  • Realizar inspecciones con el objeto de practicar censos y verificar infracciones.
  • Expedir certificaciones, controlar e informar sobre multiplicidad de inscripciones o superposiciones de dominio.
  • Realizar las tasaciones inmobiliarias que sean requeridas por los distintos Organismos Públicos bonaerenses.

Como otra medida a fin de reforzar el control, a partir de este año, la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) obliga a los escribanos y a cualquier otro funcionario que autorice actos de transmisión, constitución, declaración o modificación de derechos reales sobre inmuebles bonaerenses, a realizar los siguientes trámites:

  • Requerir al fisco bonaerense, antes del otorgamiento del acto, el certificado catastral correspondiente al inmueble, especificando la inscripción de su dominio vigente y la nomenclatura catastral o preexistente, así como los números de las partidas que le correspondan en los padrones del Impuesto Inmobiliario.
  • Transcribir en los instrumentos públicos el contenido de dicho certificado, haciendo constar, la nomenclatura catastral, las observaciones, restricciones o aclaraciones que constaren y la descripción del inmueble, según las constancias del mismo.

Asimismo, el ordenamiento legal 2011 deja en claro que "en los casos en que ARBA detecte la existencia de obras y mejoras no declaradas, deberá determinar de oficio la valuación fiscal de las mismas".

Para ello, el organismo a cargo de Martín Di Bella tiene que respetar las siguientes pautas:

  • Multiplicar la cantidad de metros cuadrados de edificación detectados, por el valor unitario por metro cuadrado correspondiente al tipo y destino de la construcción, valor que se presumirá y al que se le adicionará, en concepto de instalaciones complementarias que el inmueble posea, el siguiente porcentaje de la valuación resultante de los metros cuadrados edificados:


    • Un 15%, cuando se trate de predios de uso residencial o comercial.
    • Un 30% cuando se trate de inmuebles destinados a industrias, similares o comercios con superficie superior a los 350 metros cuadrados edificados.

Secuestro de autos
Complementariamente, la Ley Impositiva 2011 ajustó las facultades a implementar por los inspectores a fin de secuestrar autos y embarcaciones pertenecientes a morosos impositivos.

La reformulada reglamentación establece que se debe "proceder a la detención y al secuestro de vehículos automotores o embarcaciones deportivas, cuando se verifique la falta de pago de los Impuestos a los Automotores o a las Embarcaciones por un importe equivalente al 10% de la valuación fiscal asignada al bien o se adeude un 30%, o más, de las cuotas vencidas no prescriptas".

"La medida deberá ser comunicada de inmediato al juez correccional de turno, para que, previa audiencia con el responsable, decida dejar sin efecto el secuestro del bien o mantener la medida hasta tanto se verifique la cancelación o regularización de la deuda o se efectivice la traba de alguna medida cautelar sustitutiva", agrega el texto de la Ley Impositiva bonaerense 2011.

A su vez, los agentes de ARBA podrán "requerir el auxilio inmediato de la fuerza pública", cuando se les impida llevar adelante el secuestro del automóvil o de la embarcación deportiva que se encuentre bajo la lupa del fisco provincial.

Subas en el Inmobiliario
En lo que refiere al aumento de la carga fiscal que soportarán los contribuyentes bonaerenses durante el año próximo, el texto de la Ley Impositiva también aprobó una suba de hasta 50% en el Impuesto Inmobiliario.

Puntualmente, se estableció un adicional del 20% sobre el monto del Inmobiliario Urbano calculado para edificaciones de valuación inferior a $20.000 que se encuentren sobre terrenos cuyo valor supere los 200.000 pesos.

Hugo Kaplan, socio de Kaplan Volman & Asociados, explicó que el nuevo cargo apunta a situaciones que mayormente se dan en la zona norte. "Existen muchos terrenos de alto valor con casas construidas -en muy buen estado- que tienen cerca de 50 años", explicó el experto.

"Esto hace que la construcción esté prácticamente amortizada y su valor sea bajo. Por lo tanto, la aplicación de esta nueva propuesta sería una manera de reconocer que hay un mayor valor intrínseco", precisó Kaplan.

De igual manera, la iniciativa estableció un adicional del 25% sobre el monto del Inmobiliario Urbano para los terrenos baldíos que tengan una valuación fiscal superior a 43.750 pesos.

Al respecto, el experto indicó que "habitualmente se aplica un recargo a los terrenos baldíos".

"La medida tiene un sentido productivista, como todo impuesto patrimonial", concluyó el experto.

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