El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) estableció que las cooperativas y mutuales deberán presentar la documentación contable mediante transferencia electrónica, además del soporte papel.
La modificación fue dada a conocer a través de la resolución 4110 publicada en el Boletín Oficial.
Puntualmente, la norma fija que "las cooperativas y mutuales deben presentar la documentación contable exigida en soporte papel y por transmisión electrónica al sitio web del INAES".
Los cambios son de aplicación inclusive, para los ejercicios sociales cerrados al 31 de diciembre de 2010.
Asimismo, se establece que la Secretaría de Registro Nacional de Cooperativas y Mutuales deberá elaborar y publicar el procedimiento y el aplicativo con las condiciones de seguridad necesarias para su aceptación, a los fines de la transferencia electrónica de los datos, con anterioridad al 1º de marzo de 2011.