El lunes 20 de enero vence el plazo para realizar la recategoriazión entre los inscriptos al régimen simple del Monotributo.
¿Cómo se puese daber si se mantiene la misma, si hay que recategorizarse o si uno queda expulsado del régimen simple?
Paso 1: el contribuyente debe ingresar al sitio web www.afip.gov.ar o descargarse en su teléfono móvil la APP "mi monotributo"
Paso 2: ingresar su CUIT y clave fiscal, ingresar a la opción Monotributo (Adhesión y/o empadronamiento al monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación)
Paso 3: se visualizarán los datos que AFIP tiene de ese usuario a título informativo.
Paso 4: ingresar en la opción "Recategorizarme"
Paso 5: luego pide que inserte el monto facturado los últimos doce meses. Es importante que coloquen la suma de las facturas realizadas, independientemente de lo percibido. Allí el sistema indicará si corresponde algún cambio en su categoría o no.
La categoría más baja del Monotributo, la A, admite a quienes facturen no más de $208.711 en doce meses. Y pasará a pagar mensualmente de 1294,12 pesos a 1955,41 pesos, discriminado de la siguiente manera: $168,9 de impuestos, $745,4 de aporte jubilatorio y $1041,1 de aporte para el servicio de salud.
El ingreso máximo anual del contribuyente que realice actividades de prestación de servicios será de aproximadamente 1.739.261 pesos (un promedio de 144.938 pesos mensuales). Mientras tanto, aquellos monotributistas que vendan bienes registrarán un tope máximo de facturación anual de 2.608.892 pesos (equivale a 217.408 mensuales).