La AFIP extendió hasta fin de año el plazo para implementar la afectación del saldo de libre disponibilidad del IVA a la cancelación de las contribuciones de la seguridad social para aquellos contribuyentes que registren la condición de Micro o Pequeñas Empresas.
Así lo establece la resolución general 4625 publicada en el Boletín Oficial.
Con la resolución original (4603), la AFIP permitió a unas 65.000 micro y pequeñas empresas utilizar el saldo de libre disponibilidad de IVA para cancelar hasta un 20% de las Contribuciones de la Seguridad Social.
A la hora de fundamentar su decisión, el organismo liderado por Leandro Cuccioli indicó que "en virtud del objetivo permanente de esta Administración Federal de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias que se encuentran a su cargo, resulta aconsejable adecuar la norma del visto a efectos de extender la fecha límite para efectuar la solicitud de afectación".
En consecuencia, indicó, la fecha límite para acceder al beneficio pasará de ser el 31 de octubre de este año hasta el 31 de diciembre próximo.
La medida alcanza a los contribuyentes que, al momento de utilización del saldo favor de libre disponibilidad, registren la condición de Micro y Pequeñas Empresas inscriptas en el "REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES" de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción y Trabajo.