La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los nuevos valores de autónomos con destino al régimen de la seguridad social.
Desde el año pasado, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales.
La Resolución 12/2019 de la Secretaría de Seguridad Social fijó en 12,22% el índice de movilidad de las jubilaciones para septiembre.
Los nuevos valores de autónomos son los correspondientes al devengado septiembre con vencimiento en el mes de octubre y estarán vigentes hasta el mes de diciembre con vencimiento en enero del año entrante.