Desde este miércoles comenzó a vencer el plazo para el pago de los saldos correspondientes a las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales como así también del Impuesto Cedular a la renta financiera del periodo fiscal 2018.
A través de diferentes decisiones de AFIP se decidió postergar una semana respecto al vencimiento original para el pago de Ganancias y Bienes Personales y un mes la presentación de las declaraciones juradas, señalan desde el Blog del Contador.
En tanto, para el impuesto cedular se mantuvo la fecha de pago original, mientras que se postergó también por un mes la presentación de las declaraciones juradas.
Cabe recordar que para la cancelación de los saldos a favor de AFIP de estos impuestos, además del pago contado mediante VEP o billetera electrónica, se podrá utilizar el plan de pagos especial de la resolución general 4.057 para lo cual no será requisito la presentación previa de la declaración jurada.
Las fechas de vencimiento para el pago de las obligaciones antes mencionadas según terminación de CUIT son las que se indican seguidamente:
Ganancias y Bienes Personales (vencimiento presentación de la declaración jurada 16/7/2019)
Terminación 0-1-2-3: 19/6/2019
Terminación 4-5-6: 21/6/2019
Terminación 7-8-9: 24/6/2019
Impuesto Cedular (Vencimiento presentación de la declaración jurada 19/7/2019)
Terminación 0-1-2-3: 21/6/2019
Terminación 4-5-6: 24/6/2019
Terminación 7-8-9: 25/6/2019
Novedades
Comienza a vencer el pago de los saldos correspondientes a las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales como así también del Impuesto Cedular.
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