A principios de mes, la AFIP publicó la resolución general 4268 con el nuevo Plan de Facilidades Permanente para deudas impositivas y aduaneras.
Esta nueva resolución amplía la cantidad de planes y cuotas que pueden tener aquellos contribuyentes con un bajo riesgo fiscal y otorga también una menor tasa de financiación.
En el caso de las Pymes permite incluso acceder a esas tasas sin necesidad de constituir una garantía previa.
A diferencia del anterior plan de facilidades de la resolución general 3827, este posee algunas particularidades a la hora de su confección, explican desde el Blog Contadores en Red.
Pasos para adherir al nuevo plan de pago permanente de la AFIP
1. Al ingresar al servicio “Mis Facilidades” observamos ahora una última solapa denominada “Parámetros Plan Permanente”, allí el sistema nos informa, según el tipo de contribuyente que seamos, cuál es la cantidad máxima de planes que podemos hacer y el valor máximo de la cuota entre otros datos.
Para confeccionar el plan es necesario ingresar en “Validación de Deuda”, allí el sistema nos mostrará todas las deudas pendientes que posee el contribuyente y deberemos seleccionar aquellas que deseamos cancelar tildando en el casillero que figura en la columna izquierda.
2. A medida que se van tildando las obligaciones, el sistema va incluyendo las deudas que se van a cancelar dentro del “Monto total validado”. Una vez finalizada la selección hacemos click en el botón verde que dice “Confirmar y Generar Plan”.
3. El sistema nos deriva directo a la pantalla de “Determinación del tipo de Plan”, allí deberemos elegir “RG 4268 – Plan de Financiación Permanente” y posteriormente elegir si es “deuda general” o “deuda aduanera” presionando el botón que dice “Nuevo Plan”.
4. El sistema ahora nos deriva a la pantalla que utilizaba con el plan anterior donde debemos informar el CBU y demás datos.
"Este nuevo Plan al momento de realizar la carga de las obligaciones a regularizar, trae directamente los datos de las obligaciones validadas anteriormente (no se cargan en forma manual), pero si intentan confeccionar el plan con fecha anterior al vencimiento de la obligación, verán que no hay obligación cargada y el sistema informa que No posee deuda validada susceptible de ser incluida, este mensaje se mostrará hasta el día que venza el impuesto, ese día podrán ver la deuda que habían validado anteriormente sin problemas", aclaran desde el Blog.
En tanto, los expertos señalan como ventaja que "el sistema ya no pide la carga de un código de verificación que a veces generaba demoras innecesarias en la confección de los planes de pago".