La AFIP ajustó los pasos a seguir para registrar las CBU de los contribuyentes utilizando el servicio “Declaración de CBU”.
A continuación, los pasos a seguir:
1 -Ingresar al servicio “Declaración de CBU”.
2 - El sistema muestra el listado de CBU declaradas, por lo que si antes del 1/6/2017, ya habían realizado la declaración del CBU para solicitar por ejemplo la devolución por contribuyente buen cumplidor, la misma ya les va a figurar en el listado como declarada. El sistema también muestra si hay informadas CBU de terceros y si hay autorizados para el uso de la CBU.
3 - Para declarar una CBU, debemos hacer clic en “Registrar CBU” y allí nos aparecerá una pantalla para cargar el numero (todavía no permite cargar el alias). Al momento de cargarla deberemos informar si la misma es para utilizarla en “Mis Facilidades” o es para “Devoluciones” o si es para ambas.
4 - Una vez aceptada la carga el sistema mostrará el CBU declarado, la entidad bancaria a la cual pertenece y si fue aceptado desde que fecha, señalan desde el Blog Contadores en Red.
Registro de CBU
De acuerdo a la reglamentación vigente, el CBU es utilizado no sólo para las erogaciones realizadas por la AFIP, sino también para validar las órdenes de débito que efectúan los contribuyentes a través de los sistemas institucionales que admiten como forma de pago el débito en una cuenta bancaria.
Asimismo están obligados a registrar una o más Claves Bancarias Uniformes en el registro, los contribuyentes que adhieran a los sistemas de AFIP que admiten como forma de pago el débito en cuenta bancaria, accediendo con clave fiscal al servicio “Declaración de CBU”, para lo cual deberán previamente:
- Constituir y/o mantener actualizado el Domicilio Fiscal Electrónico.
- Informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular, a través del servicio con clave fiscal “Sistema Registral” – “Registro Tributario”, opciones “Administración de e-mails” y “Administración de teléfonos”.
Por otra parte, la CBU declarada debe corresponder a una cuenta en pesos, habilitada en una entidad bancaria autorizada por el Banco Central de la República Argentina y sus titulares puedenn autorizar el uso de la misma a un tercero mediante el servicio “Declaración de CBU”, quien aceptará o rechazará tal autorización a través del mismo servicio.