El Banco Nación podrá otorgar préstamos a empresas que tengan deudas fiscales por IVA, anticipos del impuesto a las Ganancias y contribuciones sociales, según dispusieron los ministerios de Hacienda y de Finanzas.
Ambas carteras derogaron la resolución 74 del ex Ministerio de Economía de febrero de 1991, que obligaba al BNA -entre otras entidades oficiales- a restringir el acceso a créditos a esos deudores.
La resolución conjunta 1-E2017 justifica el cambio en razón de que "la política actual del Estado Nacional apunta a fortalecer el desempeño de las empresas, en especial las Mipymes".
Se destaca además la necesidad de potenciar el valor estratégico de esas empresas "como motores y dinamizadores del desarrollo económico del país, impulsando la generación de empleo".
La resolución lleva la firma de los ministros Nicolás Dujovne y Luis Caputo, y señala que "resulta conveniente eliminar las barreras que restringen el acceso de las empresas al sistema bancario público, que hoy se encuentra en desventaja frente a sus competidores del sector privado".
Según la norma conjunta, corresponde a las mismas entidades financieras realizar una evaluación de riesgo respecto de sus clientes, de acuerdo con su experiencia y conocimiento en la materia, "sin necesidad de restricciones provenientes de políticas de Estado que responden a situaciones económicas y financieras diferentes a las actuales".