La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incrementará de $200.000 a $500.000 el ingreso bruto anual a partir del cual los asalariados y jubilados deben cumplir con la presentación de una declaración jurada patrimonial, aun cuando no están alcanzados por el Impuesto a los Bienes Personales.
El plazo para presentar las declaraciones vencerá el 30 de junio. Quienes tengan bienes gravados que al 31 de diciembre sumen un valor de por lo menos $800.000, quedan alcanzados por el tributo. Estas personas, claro está, deben hacer su presentación más allá de cuál haya sido su ingreso durante el año pasado.
Además, la AFIP incrementará de $300.000 a $500.000 el salario bruto anual a partir del cual el contribuyente está obligado a presentar la declaración informativa anual correspondiente al Impuesto a las Ganancias.
Para las dos obligaciones, entonces, regirá ahora una única cifra, que es equivalente a haber tenido el año pasado un salario bruto mensual promedio de $38.460 considerando el aguinaldo).
En el caso de la presentación de Bienes Personales, el aumento del ingreso a partir del cual rige la exigencia es del 150%, por lo que se entiende que muchas personas quedarán al margen de una obligación con el fisco que sí debieron cumplir el año pasado. Según datos del Ministerio de Trabajo, el salario formal promedio del sector privado se incrementó nominalmente alrededor de un 35% en 2016.
Por una medida excepcional que la AFIP justificó en la vigencia del plazo para blanquear bienes (que es hasta el 31 de marzo), este año se había dispuesto ya postergar el vencimiento de Bienes Personales. Mientras que habitualmente el impuesto se paga en abril, por esta vez la fecha se trasladó a junio.
De todas formas, quienes deben presentar la declaración sin necesidad de pagar impuesto (dado el valor de sus activos), ya podían cumplir con esa obligación hasta el sexto mes, también en los años anteriores.
En cuanto a quiénes deben tributar, con las presentaciones por el patrimonio de 2016 entra en vigor el nuevo esquema, que fue aprobado por la ley 27.260.
Esa normativa estableció que la base imponible por el año pasado es de $800.000. Y será de $950.000 y $1.050.000 para los ejercicios fiscales 2017 y 2018, respectivamente.