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24 Jun

Blanqueo: un cambio de último momento ampliará la posibilidad de exteriorizar fondos

Un agregado permitirá incluir dentro del régimen el dinero que, depositado en cuentas al 31 de diciembre, fue utilizado para adquirir bienes. Antes de esta modificación, si se hubiese comprado un inmueble con plata no declarada, no podía incluirse en el "sinceramiento" fiscal

El proyecto de "sinceramiento fiscal" estaba a punto de recibir el visto bueno de las comisiones de Diputados, cuando los legisladores fueron avisados sobre un detalle no menor: no permitía blanquear los fondos que, después del 31 de diciembre de 2015, habían cambiado de forma.

La norma, tal como estaba redactada, establecía que aquellos depósitos -que estuvieran en entidades bancarias del país o del exterior- podían ser declarados siempre que existieran al último día del año pasado.

No obstante, obviaba la situación lógica -que se puedo repetir en muchos casos entre el 1 de enero de 2016 y el momento en que entre en plena vigencia el blanqueo de capitales- de que esos fondos hayan sido utilizados para adquirir algún bien con posterioridad.

De esta manera, si una persona tenía al 31 de diciembre de 2015 u$s1.000.000 en una cuenta en el exterior sin declarar y en febrero decidía adquirir una propiedad con ese dinero, no podía ingresar al blanqueo de capitales.

Lo mismo hubiese sucedido si el interesado, en vez de comprar una vivienda, optó por sumar un vehículo o algún otro bien a su patrimonio a partir del primer día de este año y lo mantuvo oculto del fisco.

Esto era así porque, tal como estaba redactado el texto de la iniciativa, debían permanecer en el mismo estado en el que figuraba a fin del año pasado para poder informarlo sin inconvenientes con la puesta en marcha de la medida.

Advertidos, los legisladores incluyeron la siguiente modificación en la iniciativa antes de que pase a la Cámara baja (donde finalmente recibió media sanción):

La inclusión de estos párrafos en el artículo 37 terminó solucionando el problema que se planteaba para los casos explicados con anterioridad e incrementó el espectro de situaciones que pueden ser "sinceradas".

La nueva redacción potencia la posibilidad de que sean más las personas que declaren sus bienes o dinero ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y cumple con el objetivo del Gobierno de que la medida sea lo "más amplia posible".

Un alcance más amplio
Ahora, el proyecto ley prevé en su artículo 37 que las personas físicas puedan exteriorizar -o, dicho de otra manera, beneficiarse con el blanqueo- todo lo que posean hasta la fecha de promulgación de la ley, incluso por los activos generados en lo que va del año 2016.


Al respecto, Iván Sasovsky, titular de Sasovsky & Asociados, sostuvo que "esto permitirá a las personas físicas tener una mayor amnistía, pues su fecha de corte es seis meses posterior a la de los demás sujetos".

"Por lo tanto, si hay ganancias no declaradas en lo que va de este año, conviene blanquearlo, independientemente que la misma se haya generado con posterioridad al 31 de diciembre de 2015", añadió.

Por su parte, el abogado Diego Fraga recordó que la norma en análisis exige que las sumas de dinero hayan estado depositadas durante un plazo de tres meses corridos contados para atrás desde la fecha de promulgación de la ley.

Y aclaró que esos fondos se podrán exteriorizar si después fueron utilizados para comprar un departamento en Miami, para realizar un aporte de capital en una sociedad anónima, invertir en una explotación agropecuaria o concretar un mutuo con una sociedad de responsabilidad limitada.

La inclusión de estos casos, donde la iniciativa -que obtuvo media sanción en Diputados y que logró luz verde en comisiones del Senado- permite blanquear dicho dinero, tiene por objetivo -tal como especificó Fraga- en movilizar la economía.

"Particularmente, resulta interesante y flexible la posibilidad de aplicar ese capital a empresas del país", resaltó el abogado socio de RCTZZ Abogados.

Un detalle más que aportó Sasovsky, es que este criterio de extender la fecha de corte hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley responde a las recomendaciones del propio GAFI en materia de blanqueos.

Además, el experto añadió que "el mismo artículo prevé que el producido de los bienes que se posean hasta las respectivas fechas de corte podrán sincerarse hasta el 31 de marzo de 2017, cuestión que abre un abanico enorme de posibilidades a la hora de regularizar las situaciones fiscales de los distintos contribuyentes".

¿Más para unos y menos para otros?
La incorporación de este beneficio para quienes, habiendo tenido depositados fondos sin declarar luego adquieren algún bien después del 31 de diciembre de 2015, en realidad también genera una suerte de ventaja adicional para quienes estén incluidos en este tipo de circunstancias.


Al menos así lo manifestó Fraga, quien indicó que "pareciera que con la actual redacción, existiría más flexibilidad para quienes tengan el dinero en un depósito, ya que te permite invertir en empresas o explotaciones y hasta prestarles dinero".

"En este sentido, habría una especie de 'asimetría' respecto a los que tengan plata en efectivo", aclaró el especialista. Aunque vio una luz de esperanza: "Eso tal vez lo ‘emparejen' con la reglamentación".

Otra "asimetría" que rescató el socio de RCTZZ Abogados es respecto de los bienes muebles en los que se puede invertir. Según la redacción actual, quienes posean dinero en efectivo, pueden destinarlo a bienes registrables.

Al menos así lo determina el artículo 44 de la propuesta que podría convertirse en ley antes de fin de mes. Es decir, que podrá adquirir automóviles, propiedades, aeronaves, barcos u otros activos, siempre que exista un registro para ellos.

No obstante, en estos casos, pesa la obligación de mantener el dinero depositado durante seis meses o hasta el 31 de marzo de 2017 (lo que resulte mayor). Este artículo está pensado para dinamizar el mercado inmobiliario y el de otros bienes registrables.

En cambio, si se encuentra depositado, los interesados lo pueden destinar a "bienes muebles no fungibles" (es decir, que son artículos o productos que no se pueden reemplazar por otros de la misma especie).

"Esto último es bastante amplio y podría alcanzar, por ejemplo, hasta a las obras de arte", advirtió. Claro que, al igual que en el otro caso "asimétrico", el especialista aseguró que "habrá que ver qué es lo que dice la reglamentación", aunque aclaró que "sería de difícil control".

El proyecto de ley ómnibus que incluye un blanqueo de capitales y el pago de sentencias a jubilados obtuvo dictamen favorable en un plenario de las comisiones del Senado, que lo podría convertir en ley antes de fin de mes.

La iniciativa ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados y se espera que sea tratada en el recinto de la Cámara de Diputados el próximo 29 de junio. Dicho de otra manera, podría ser ley la semana que viene.

La propuesta luz verde en el plenario de las comisiones de Trabajo y Previsión Social, de Presupuesto y Hacienda, de Coparticipación Federal e Impuestos y de Ecónoma Nacional y fue emitido por senadores del oficialismo y de algunos bloques de la oposición.

Una vez aprobada la norma, habrá que esperar a la reglamentación que redacte la AFIP. Ocurre que, desde el punto de vista de los especialistas consultados, se esperan algunas aclaraciones de muchos puntos que generan dudas.

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