El equipo económico de Mauricio Macri mantiene bajo estudio un proyecto de ley para implementar un nuevo blanqueo de capitales.
El régimen de exteriorización de capitales incluye moneda nacional, extranjera y bienes no declarados.
El blanqueo que estaría vigente hasta 2017, con costos que irán aumentando, según la fecha de adhesión. El costo de la exteriorización de bienes y moneda extranjera que se quede en el exterior será de 8% el primer año y 10% el segundo. Y en caso de que se transfieran al país, serán de 5% y 7%, respectivamente.
En tanto, si los fondos blanqueados se destinan a la compra de títulos privados de deuda con cotización en mercados regulados, y cuyo plazo de amortización no sea inferior a 5 años, la tasa de blanqueo baja a 4%. El título o el producido de su venta debe permanecer en el país durante 3 años.
En cambio, si el destino sea un título emitido por el Estado nacional, cuyo plazo de amortización no sea inferior a 5 años, la tasa de blanqueo baja hasta el 3%. También se exige la permanencia en el país durante 3 años.
Construcción
Otra alternativa prevista en el borrador del proyecto, refiere a si los dólares o pesos "blanqueados" se invierten en la compra en el país de inmuebles nuevos, construidos o que obtengan certificado final de obra a partir de la vigencia de la ley, se destinen a la adquisición de bienes de capital, o se utilicen para capitalizar sociedades constituidas en el país. En este caso, la tasa de blanqueo será del 3 por ciento.
Para evitar que quienes adhieran sean denunciados por el delito de lavado de dinero, el proyecto establece que los bancos no deberán informar a la UIF cuando el origen de los fondos sea la evasión fiscal. También se prevé la condonación de todos los impuestos, salvo en caso de que haya facturas apócrifas, liberando de las sanciones establecidas de la Ley Penal Tributaria.
Como requisito, el blanqueo pide estar inscripto ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dos años antes de la vigencia de la ley.
El borrador del proyecto también establece un descuento de 10% del Impuesto a las Ganancias a quienes traigan al país bienes o moneda que tenían declarados en el exterior. Cuando lo que traigan al país lo apliquen a actividades específicas, tendrán también un crédito impositivo.
En tanto, se establece que la AFIP no podrá solicitar información a los bancos nacionales y extranjeros de cuentas de contribuyentes que hayan exteriorizado bienes o fondos.
"La AFIP quedará impedida de solicitar información y extractos bancarios anteriores al 31 de diciembre de 2015, tanto a entidades bancarias, financieras u otras del exterior", como a los del país, "con relación a los portafolios y cuentas de cualquier tipo, tanto en el país como en el exterior, de todos aquellos contribuyentes que realicen la exteriorización" que propone el proyecto.