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17 Mar

Desde este mes se modifican los aportes mensuales para autónomos Destacado

AFIP dio a conocer los nuevos valores para autónomos que rigen para el periodo devengado marzo, cuyo vencimiento opera en abril 2016.

A partir del período devengado marzo -con vencimiento en abril/2016- se modifican:

  • el monto de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos y
  • los topes mínimo y máximo para el cálculo de los aportes de los empleados al Sistema Integral Previsional Argentino.

Nuevos Valores

1. Trabajadores autónomos:

Importes vigentes a partir del período marzo/2016, con vencimiento en abril/2016.

Régimen General:

Grupos de Actividades Categorías Importe Mensual
Dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo. V $ 4.047,66
IV $ 2.943,76
III $ 1.839,85
Actividades no incluidas en el punto anterior, que constituyan locaciones o prestaciones de servicios II $ 1.287,88
I $919,92
Resto de las actividades no comprendidas en los puntos anteriores II $ 1.287,88
I $ 919,92
Afiliaciones voluntarias I $919,92
Menores de 18 hasta 21 años I $ 919,92
Jubilados por la Ley 24.241 I $ 776,18
Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24.828 I $ 316,22

Actividades Penosas o Riesgosas:

Categorías
Importe mensual

I´ (I Prima)

$ 1.006,17

II´ (II Prima)

$ 1.408,62

III´ (III Prima)

$ 2.012,33

IV´ (IV Prima)

$ 3.219,73

V´ (V Prima)

$ 4.427,13

2. Empleados en relación de dependencia:

 

De acuerdo a lo establecido en la Ley 26.417, y por la Resolución ANSES 28/2016, las nuevas bases imponibles máximas son las que se exponen a continuación:

Conceptos Bases Imponibles Máximas

Desde 01/03/2016

Aportes al:

Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241 y sus modificaciones. (*)

Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032 y sus modificaciones.

Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660 y sus modificaciones.

Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661 y sus modificaciones.

$ 56.057,93
Cuotas Ley Riesgos del Trabajo, Ley Nº 24.557 y sus modificaciones. (**)
Contribuciones al:

Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241 y sus modificaciones.

Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Nº 19.032 y sus modificaciones.

Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660 y sus modificaciones.

Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661 y sus modificaciones.

Fondo Nacional de Empleo, Ley Nº 24.013 y sus modificaciones.

Régimen de Asignaciones Familiares, Ley Nº 24.714 y sus modificaciones.

Sin Límite Máximo

(*)En el caso de los regímenes especiales establecidos en las Leyes Nº 24.016, Nº 24.018, Nº 22.731 y Nº 22.929 y los Decretos Nº 137/05 y Nº 160/05, el cálculo de los aportes con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) se efectuará sin considerar el límite máximo para su base imponible.

(**)Cuando al 01/09/2014 se hubiera cumplido el año de vigencia de alícuota con la ART o cuando a partir de la fecha señalada hubiera suscripto un nuevo contrato de afiliación con una aseguradora, deberán consignarse:

– El total de las remuneraciones sin tope alguno; y

– Todo concepto No remunerativo de carácter habitual y regular, quedando excluidos de tal procedimiento aquellos conceptos NO remunerativos abonados en forma Excepcional (ej. indemnizaciones derivadas de desvinculaciones).

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