El titular de la AFIP, Alberto Abad, anticipó hoy que se volverán a permitir las entregaspuerta a puerta de las compras en el exterior, que había sido limitadas por el Gobierno anterior.
En una charla en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, el funcionario afirmó: "Vamos a reimplantar el courier para evitar estas colas infames de gente". Y puso como ejemplo, que la gente "que compra un libro para alguien que está estudiando o que quiere leer un buen libro, se tiene que pasar dos horas ahí cerca del puerto, en la Aduana, para que se lo den. Una cosa kafkiana, en el peor sentido".
El cepo cambiario y un dólar atrasado habían disparado hace unos años las compras en el exterior, en sitios como Amazon, Ebay o Alibaba. La gente traía zapatillas, ropa o pequeños equipos electrónicos a bajo precio.
Entonces, para cerrar esa canilla de salida de divisas, el gobierno de Cristina Kirchner directamente limitó la entrada poniendo un tope de u$s25 por año y, en la práctica, la obligación de ir a buscar el paquete a la Aduana, con sus respectivas demoras.
Abad no dio precisiones sobre cuándo se levantarán las restricciones. Ni si habrá límites para algunos productos.
Cerca del funcionario indicaron que están trabajando con el Ministerio de la Producción y analizando el tema, tanto en lo referente a la entrega de los paquetes como al límite de u$s25 que había fijado el kirchnerismo. "Se está trabajando para encontrar la forma de levantarlo. No será mañana", dijeron y agregaron: "Se está revisando todos los topes: los u$s300 para traer del exterior, los $305.000 de Bienes Personales, los de Ganancias..."
Fin de una odisea
Hoy por hoy, estos son los pasos que se deben seguir para llevar adelante "la odisea" que representa el retiro de la mercadería comprada en el exterior.
Bajo la anterior administración de la AFIP, a cargo de Ricardo Echegaray, la mercadería comprada en portales como Amazon o Aliexpress dejó de llegar a la puerta de los hogares y comenzaron a llegar telegramas para que los retiros se efectivizaran en la Aduana.
Antes de comenzar el trámite, se debe tener a mano lo siguiente:
- Documentación de la compra y del producto: a modo de ejemplo, la pantalla de Aliexpress o DealExtreme donde se describe el artículo y el proveedor.
En el portal, suministran un tracking. Con ese número se puede hacer el seguimiento online de la encomienda en la página de Correo Argentino y saber qué envío está llegando.
Es importante destacar que existe un ID internacional y un ID nacional, que figura en el telegrama que llega. Ambos datos con su estado, están en la consulta del Correo Argentino.
- Telegrama de Correo Argentino: luego de la compra, llega un telegrama de 4 hojas del Correo Argentino. En la primera, está identificado el envío con un número cuyo formato es RD999999999AR.
- Constancia de pago del producto: puede ser el mail de Mercado Pago o el medio que se haya utilizado. Es conveniente tener a mano también el resumen de la tarjeta de crédito donde se pueda visualizar la fecha exacta en que se acreditó el pago.
Luego, con todos los papeles en mano, se puede iniciar el trámite:
- Certificación de firma en el telegrama: la segunda hoja, contempla la posibilidad de autorizar a alguien, certificando la firma. Lo más simple y rápido, es realizarlo en el banco.
El envío tiene una fecha de vencimiento. Si el trámite no se realiza antes, el producto teóricamente regresa al lugar de orígen. Son 15 días corridos a partir de la fecha que figura en el encabezado de la primer hoja.
- Generar el formulario online 4550: se debe ingresar a la página de AFIP y con clave fiscal, ingresar al apartado "Mis Aplicaciones Web". Allí, elegir la opción "Formulario 4550 Compras a Proveedores del exterior".
La carga es online y al formulario se lo identifica como F 4550/100. Son cuatro solapas a completar con información del comprador, del producto y de la transacción.
- Generar el Volante Electrónico de Pago (VEP): inmediatamente, luego de enviar el formulario en forma electrónica, se está habilitado para generar el VEP que arroja el importe a pagar.
El procedimiento consiste en ingresar a la página de AFIP con la clave fiscal, ir a la opción "Servicios Habilitados - Presentación de DDJJ y Pagos - Nuevo VEP".
Una vez en el formulario, se debe completar de la siguiente manera:
- Organismo Recaudador: AFIP.
- Grupo o Tipos de Pagos: Aduana.
- Tipo de Pago: Compra a Proveedores del Exterior.
Con posterioridad, en la segunda pantalla se deben cargar datos de la operación. Esto contempla el 50% del valor de compra en dólares menos la franquicia anual que sólo podrá considerarse en una sola compra de las dos anuales que hoy están permitidas.
- Pagar el VEP: el volante electrónico generado en el punto anterior es el que se debe pagar por Internet a través de homebanking. Al pagarlo, se obtiene el ticket de pago.
El trámite en Aduana se realiza con el DNI original, el telegrama con la firma certificada, el F 4550/100, el VEP y su ticket. Allí, se verificarán todos los papeles y se cobrará un adicional en concepto de depósito por cada día en que haya estado en guarda.
El paquete será abierto para verificar que coincida con todo lo declarado. Por eso, conviene llevar toda la documentación mencionada precedentemente. Si todo está en orden, el trámite estará finalizado.
Cuáles son las dudas
- Desde cuándo regirá: por ahora es un proyecto, pero aún se deben definir muchos puntos y por ahora seguirán vigentes las normativas actuales. Aunque, según aceptan en la AFIP, en las últimas semanas el sistema se empezó a flexibilizar.
- La franquicia de 25 dólares: Cuando se reciben productos del exterior se paga un impuesto que equivale al 50% del valor y cada comprador tiene una franquicia de US$ 25 por año. Es probable que se levante ese tope, aunque no hay todavía precisiones.
- Qué productos traerá el cartero: no se sabe si el beneficio será para todos o algunos productos. Hay artículos que no pagan impuestos, como los libros, que son detenidos por la Aduana y hacen perder mucho tiempo en la sede de Retiro.
- Cómo se pagarán los impuestos: Hoy el impuesto se debe pagar online o en el banco antes de ir a retirar el producto por la Aduana. Antes, los impuestos se pagaban en efectivo, en Retiro y sólo se aplicaban a algunos de los paquetes que eran frenados por la Aduana. La duda ahora es si se volverá al sistema anterior o si se implementará algún mecanismo mixto.
- La documentación: aún no se sabe si la AFIP pedirá o no una declaración jurada para la entrega.
- Dos veces por año: en enero de 2014, cuando AFIP aplicó nuevas restricciones, se implementó un límite de dos compras por año por persona. Si se excede ese tope la compra debe ser retirada como si se tratara de una importación, un trámite mucho más complejo.
En qué consiste el polémico control al que se le pondrá punto final
A través de la resolución general 3.579 emitida por la AFIP, quienes realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial -incluido el servicio puerta a puerta- o a través de courier, deben rellenar un formulario con el detalle de la adquisición realizada.
La presentación de la declaración jurada se debe realizar con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería por parte del adquirente.
Para poder confeccionar el formulario, los adquirentes deberán poseer CUIT, CUIL o CDI y Clave Fiscal con nivel de seguridad 2, como mínimo.
Respecto al pago del arancel aduanero único del 50% sobre el valor de compra, el fisco nacional dejó en claro que se debe realizar vía Volante Electrónico y que el comprobante debe ser presentado en el Correo o en la Aduana al momento de retirar el bien.
A su vez, el servicio aduanero podrá exigir una declaración jurada rectificativa ajustando los valores a la verificación realizada y el pago adicional correspondiente.