Es sabido que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cuenta con una de las bases de datos más importantes que existe en materia tributaria, ya que se nutre no sólo de información generada en el país sino también en el exterior.
En efecto, los particulares y empresas proporcionan todos los meses el estado de sus compras y ventas (a través de las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado) y, anualmente, las rentas que generaron durante el año (con las liquidaciones del Impuesto a las Ganancias).
Asimismo, los regímenes de información le permiten hacerse de datos que le proporcionan los diversos agentes que van desde los bancos hasta los administradores de consorcio, pasando por las tarjetas de crédito, escribanos y registros automotores, por mencionar sólo algunos.
A esto se le suma la múltiple cadena de acuerdos en materia de intercambio tanto tributaria como aduanera, le permite al organismo de recaudación detectar bienes u operaciones que no fueron declaradas en el país.
Ahora, el fisco logró dar un importante paso al firmar el "Acuerdo entre Autoridades Competentes" para la aplicación del "Estándar Global" referido al "Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras".
César Litvin, titular del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, indicó que el mismo "le permitirá recibir información en soportes magnéticos que todos los contribuyentes argentinos que tengan, por ejemplo, cuentas en los países al cuál se pide la información".
Una de las cualidades que la diferencia con el resto de los acuerdos bilaterales intercambio de datos tributarios, según lo explicó la gerente senior de Impuestos y Legales de KPMG Mariela Sas, es que "no necesita la aprobación del Congreso".
Claves del acuerdo
En lo que refiere a los detalles del convenio, la experta de KPMG indicó que el estándar prevé el intercambio automático y anual de datos financieros entre los gobiernos que firmaron el acuerdo, sin que deba existir una intervención judicial previa.
No obstante, Sas destacó que si bien se prevé el intercambio de una amplia gama de información sobre cuentas en el extranjero -incluidos los saldos de las cuentas y la propiedad efectiva- el alcance cubre básicamente tres dimensiones:
- La información financiera que se debe presentar en relación con las cuentas incluye todo tipo de ingresos por inversión (como intereses, dividendos, ingresos derivados de determinados contratos de seguro, y otros ingresos similares), así como saldos de cuentas e ingresos por ventas de activos financieros.
- Cuando el estándar se refiere a las entidades financieras que deben presentar información no sólo incluyen bancos y agentes de custodia, sino también otras como corredores, determinados vehículos de inversión colectiva y determinadas firmas de seguro.
- Las cuentas susceptibles de ser reportadas incluyen las de titularidad de personas tanto físicas como jurídicas (incluidos fideicomisos y fundaciones).
Respecto a las consecuencias, Litvin remarcó que "en el supuesto de corroborarse cuentas no declaradas, la AFIP podrá determinar impuestos no pagados a través de la presunción de incrementos patrimoniales no justificados más los intereses correspondientes y las sanciones de la pena de prisión y multas de corresponder".
Un detalle no menor, es que el estándar exige pautas de confidencialidad de la información en cuestión, motivo por el cual, tal como explicó Sas, "no podrá ser utilizada para fines ajenos a los fiscales".
Otro de los aspectos que hay que tener en cuenta es el momento de puesta en marcha, ya que determinará los períodos sobre los cuáles el fisco puede obtener información.
Por lo pronto, los países firmantes asumieron el compromiso de realizar el primer intercambio de información en el año 2017, que incluirá informes sobre las cuentas abiertas en el final de 2015.
En este sentido, Litvin aclaró que "la vigencia es un dato relevante porque el pedido de información, incuestionablemente debe ser solicitado para períodos posteriores a la entrega en vigor de los acuerdos".
Qué países están incluidos
El acuerdo concretado el pasado 29 de octubre en la ciudad de Berlín, fue firmado por 51 naciones entre los que se destacan Alemania, Francia, Italia, Irlanda, Reino Unido, España, Suecia, Colombia, Gibraltar, Islas Caimán, Luxemburgo, Seychelles y Liechtenstein.
La lista de países incluye también a Anguilla, Barbados, Bélgica, Bermudas, Islas Vírgenes Británicas, Croacia, Curazao, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Grecia, Guernsey, Hungría, Islandia, India, Isla de Man, Jersey, Corea, Letonia, Lituania, Malta, Islas Mauricius, México, Montserrat, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, San Marino, Eslovaquia, Eslovenia, Trinidad y Tobago, Sudáfrica y Islas Turcas y Caicos.
Los primeros en firmar el tratado asumieron el compromiso para trabajar en lanzar sus primeros intercambios de datos en septiembre de 2017. Se espera que otros países sigan en 2018.
Al momento de la firma del acuerdo, el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, recordó que "con más de la mitad de los países que adhirieron, la Argentina ya tiene un acuerdo bilateral tributario o aduanero", al tiempo que destacó la importancia de buscar soluciones mundiales para enfrentar a los "contribuyentes globales".
De esta manera, el organismo de recaudación tendrá un gran poder para detectar cualquier irregularidad no sólo en el país, sino que también trascenderá las fronteras en busca de los evasores.
Uruguay, un caso particular
La situación de Uruguay es particular. Si bien no forma parte de las naciones que firmaron el acuerdo el pasado 29 de octubre, el país vecino se comprometió de manera paralela a levantar el secreto bancario a partir de 2017.
Al menos así lo confirmó a iProfesional Mariano Sardáns, Presidente y CEO de la gerenciadora de patrimonios FDI, que remarcó que existe una decisión política de cambiar la imagen del otro lado del Río de la Plata para incentivar el flujo de inversiones.
Esta opinión va alineada con las del ministro de Economía uruguayo, Mario Bergara, quien manifestó a El País de Uruguay que su nación "no es un paraíso fiscal ni pretende serlo, no pretendemos hacer negocios a base de evasión fiscal de ningún país y por lo tanto es el paso lógico, natural, integrarse a este proceso".
En la actualidad, existe un tratado entre ambos países que requiere de un pedido de parte de los gobiernos para que la información sea enviada y, además, debe existir un aval de la Justicia para que el mismo se haga efectivo.
Si bien una parte de los analistas uruguayos son escépticos respecto al levantamiento del secreto bancario -argumentando que deberían modificarse y hasta eliminarse leyes para que este convenio tenga validez-, Sardáns recordó que el Frente Amplio contará con la mayoría en ambas cámaras en el Congreso a partir del año próximo.
"Se viene un mundo fiscalmente transparente, donde no sólo se conocerá información de los activos financieros sino también de los inmobiliarios", afirmó el especialista y concluyó: "El Frente Amplio está dispuesto a legislar en este sentido".
En la misma situación que Uruguay, se encuentra Chile y otras naciones (Dominica y Niue), que también se comprometieron a intercambiar datos bancarios de manera automática a partir del 2017.
No todo es color de rosas
Si bien la firma del acuerdo representa un verdadero avance en materia de lucha contra la evasión tributaria, algunos especialistas explicaron que habrá que ver con el tiempo cuál es el verdadero avance del programa.
Así lo explicó Jorge Gebhardt, director del Departamento de Impuestos del estudio Aguirre Saravia & Gebhardt Abogados, quien afirmó que "la Argentina pretende estar a la vanguardia de estos avances en materia de trasparencia fiscal, lo cual es correcto desde el punto de vista teórico", aunque aclaró que "desde una perspectiva práctica habrá que observar resultados en el mediano plazo".
El especialista explicó además que los costos de procesamiento involucrados en todos los países - organismos fiscales respectivos y entidades financieras involucradas- "son de una magnitud tal quehacen dudar de una efectiva vigencia en un plazo relativamente reducido".
Y esto es así, debido a que deben a que no sólo habrá que adaptar costosos sistemas sino que también habrá que entrenar personal calificado en todas las naciones y las compañías participantes.
Por otro lado, Gebhardt diferenció la situación de los particulares y empresas cumplidoras de los que no lo son. Para el primer grupo, auguró un nuevo costo administrativo, al tener que contestar engorrosos e interminables requerimientos de inspección.
En cambio, para los contribuyentes incumplidores advirtió que "la publicidad dada a los pasos que se siguen probablemente les den una pauta de adónde no dirigir sus inversiones".
No obstante, para el experto "la solución para que existan menos ahorros argentinos fugados al exterior, pasa por tener moneda sana e independencia de las instituciones públicas de contralor de forma de generar confianza para que los ahorros se depositen en el país".