A través de la Resolución General (AFIP) N° 3685, la Administración Federal de Ingresos Públicos estableció un régimen de información sobre las compras y ventas sean éstas generadoras o no de crédito o débito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado.
Como lo anunció el administrador federal, Ricardo Echegaray, en la conferencia de prensa del lunes pasado, este nuevo régimen se enmarca en la continuidad de las acciones que la AFIP lleva adelante en la lucha contra la evasión fiscal mediante la utilización de facturas apócrifas.
A partir del 1 de enero de 2015 deberán informar las compras, locaciones, prestaciones recibidas, importaciones definitivas de bienes y servicios, ventas, locaciones, prestaciones realizadas y exportaciones definitivas, así como también los descuentos y bonificaciones recibidos por estas operaciones que se documenten en forma independiente.
Asimismo, deberán incluirse en este régimen todas las operaciones generadoras de débito o crédito fiscal que influyan en el monto total de la declaración jurada de IVA del período mensual que se informa.
Los contribuyentes presentarán la información mensualmente a través del programa aplicativo “AFIP –DGI – RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y VENTAS – Versión1.0” que se podrá descargar del sitio web del organismo.
Si no tiene operaciones realizadas en el período que se informa, igualmente deberá presentar la información a través del sistema, en este caso, informando que no hubo movimientos.