El Directorio del Banco Central adoptó este jueves dos medidas orientadas a estimular la bancarización.
La primera de ellas se vincula directamente al cliente de los bancos, ya que dispuso que, a partir del 1° de septiembre, las transferencias electrónicas serán gratuitas e inmediatas para montos de hasta 20.000 pesos diarios.
Las operaciones que tendrán este beneficio serán únicamente las que se realicen a través de cajeros automáticos, home banking y terminales de autoservicio.
Con este incremento, una parte sustancial de las transferencias quedará alcanzada por la medida, ya que, según datos del BCRA, el 90% de las mismas involucran montos inferiores a 20.000 pesos.
Cabe recordar que, hasta el momento, las transferencias electrónicas diarias de hasta 10.000 pesos no tienen costo y se realizan en forma inmediata.
Cuando en noviembre del 2010 el BCRA aprobó la gratuidad de las transferencias electrónicas de hasta $10.000 diarios, acordó con el sistema financiero que se trabajaría en afianzar los mecanismos informáticos y de seguridadpara ir incrementando los montos no sujetos a cargos o comisiones.
"Al haberse avanzado en ese objetivo, se resolvió ampliar el monto para las transferencias gratuitas", especificaron fuentes del Banco Central.
Favorecer recarga de cajeros
Paralelamente, el Directorio del BCRA aprobó una norma por la cual se permite a las entidades financieras deducir de la exigencia de Efectivo Mínimo de sus tesoros del "consumo" de billetes que efectúan los clientes desde los cajeros automáticos.
"Este consumo estará calculado como la diferencia entre el saldo remanente en los cajeros y el monto con el que se lo recarga", agregaron las fuentes del BCRA.
La medida, que entró en vigencia le primer día de agosto, tiene como finalidad aumentar el grado de bancarización, ponderando más aquellas zonas que están menos alcanzadas por el sistema bancario.
Para ello habrá mayores estímulos para la recarga de los cajeros automáticos de acuerdo con el lugar donde los mismos estén instalados.
Estas facilidades serán únicamente aplicables a los cajeros "abiertos", es decir, disponibles para todo el público y no así para aquellos donde las entidades establecen como de uso exclusivo de sus clientes.
Concretamente, la medida aprobada por el BCRA consiste en una deducción en la exigencia de efectivo mínimo asociada al monto "consumido" de los cajeros automáticos, deducción que, a su vez, variará según la zona en la cual esté ubicado como así también por estar dentro o fuera de una sucursal.