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28 Dic

Secreto fiscal: los bancos podrán pedir las declaraciones juradas de impuestos de sus clientes Destacado

Esa posibilidad estaba suspendida desde 2016, con el blanqueo de capitales

Los sujetos obligados a informar conductas o actividades sospechosas ante la Unidad de Información Financiera (UIF) podrán solicitar a sus clientes declaraciones juradas impositivas, con el objetivo de mejorar el esquema de prevención de lavado de activos y optimizar las herramientas de control para frenar los flujos financieros ilícitos, según una norma publicada este martes en el Boletín Oficial.

Se trata de la Resolución General 5125/2021 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que reinstaura esta posibilidad, que había sido bloqueada en 2016.

En ese año se había dictado una normativa que tenía como objetivo incentivar el blanqueo de capitales y, en ese marco, los sujetos obligados ante la UIF debían "abstenerse de pedir a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales".

Con esta modificación, bancos, entidades financieras, empresas aseguradoras, firmas dedicadas al transporte de caudales e intermediarias registradas ante la CNV, entre otros, están habilitadas a solicitar a sus clientes las declaraciones juradas impositivas, tal como ocurría antes de 2016.

La ley de prevención de lavado de activos detalla quiénes son los sujetos obligados a informar ante la UIF las conductas o actividades de las personas o sociedades a través de las cuales puede inferirse la existencia de una situación atípica que pueda configurar un hecho u operación sospechosa de lavado de activos o financiación de terrorismo.

Se trata de entidades financieras, aseguradoras, firmas intermediarias registradas ante la CNV y compañías dedicadas al transporte de caudales, entre otros.

La normativa define la posibilidad de que los contribuyentes y responsables compartan sus declaraciones juradas y documentación con terceros por su voluntad y en su propio beneficio, y así cada contribuyente decide, en el marco de su relación contractual, aceptar la solicitud y aportar sus declaraciones juradas impositivas.

La Ley 25.426 de prevención de lavado de activos especifica también que los sujetos obligados a informar a la UIF deben guardar secreto, por lo tanto las declaraciones juradas también se encuentran amparadas la confidencialidad.

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