

NOVEDADES
¿Quiénes deben usar el IVA Simple y cómo aplicarlo en sus declaraciones?
1. Sujetos alcanzados
La obligación de utilizar los módulos de este servicio, tanto para la registración como para la determinación, aplica a todos los sujetos obligados a presentar la declaración jurada del gravamen:
Responsables inscriptos puros
: aquellos que solo realizan actividades alcanzadas por el tributo (
gravadas
).
Responsables inscriptos mixtos
: quienes realizan una combinación de actividades
gravadas, no gravadas y exentas
.
En ambos casos, el sistema del IVA Simple está dirigido a estos sujetos, tanto en lo que hace al Módulo 1 (Libro de IVA Digital) como al Módulo 2 (Declaración Jurada).
2. Implicancia en el Libro de IVA Digital (Módulo 1)
Es fundamental recordar que todo responsable inscripto que quiera presentar su DDJJ debe, como paso previo, confeccionar el Libro de IVA Digital tanto con el IVA Ventas como con el IVA Compras.
En este ámbito, la obligatoriedad del Módulo 1 se implementó de forma anticipada:
Declaraciones Juradas de enero a mayo 2025
: para este caso, el
Libro de IVA Digital
se realizaba por medio del portal IVA, utilizando el
libro tradicional
sin las nuevas aperturas.
DDJJ de junio 2025 en adelante
: el
Libro de IVA Digital
se realiza por medio del
Módulo 1 del IVA Simple
, el cual da por resultado el
Formulario 2083
. Este módulo contiene las
nuevas aperturas
detalladas de las ventas y las compras.
Por lo tanto, más allá de las variaciones de normativa que pueda haber, lo cierto es que a partir de la declaración jurada de junio 2025, tanto si se utiliza el método tradicional como el método del IVA Simple para la liquidación, se deberá completar el Módulo 1 de forma obligatoria para obtener el Libro de IVA Digital.
Por último, es preciso recordar que el Módulo 2 de determinación y saldo (el que genera la Declaración Jurada) es obligatorio a partir de las declaraciones juradas de noviembre con vencimiento en diciembre de 2025.