Novedades
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El decreto, publicado en el Boletín Oficial, entrará en vigencia a partir del 1° de octubre, y durará hasta fin de año
El incremento inicial que deberán pagar los empleadores será del 21% desde septiembre. En tanto que el segundo, "no acumulativo", será del 7% y regirá desde diciembre. Qué beneficios contempla la ley que se sancionó hace unos años para las trabajadoras del sector. La importancia de las ART
os contribuyentes tendrán que ingresar al programa para generar los volantes de pago de las sanciones, los cuales tendrán una vigencia que no podrá superar los 15 días habiles. También pueden consultar los antecedentes de las penalidades impuestas con anterioridad
Este mes, los Empleados de Comercio percibirán la segunda cuota de la suma libre de descuentos que fue acordada en el Acuerdo Salarial 2015
Lo acordaron empresarios y trabajadores del sector mercantil.
Mediante la RN 49/2015 se aprueba la octava etapa del cronograma para la implementación gradual del mecanismo web para la presentación de declaraciones juradas y pagos por parte de los contribuyentes directos del impuesto sobre los ingresos brutos -con exclusión de aquellos comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos (ARBANET), aprobado y reglamentado mediante las RN 41/2013 y 25/2014
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