Novedades

Fecha de Publicación

-

Categoría

Buscar Palabra Clave

06 Sep

Ajustes Salariales.Asignaciones no Remunerativas de CIEN PESOS MENSUALES.

Se establece a partir del 1/1/2005 una asignación no remunerativa de PESOS CIEN ($ 100) mensuales para todos los trabajadores del sector privado en relación de dependencia.
Destacamos como puntos relevantes:
a) La asignación no remunerativa es distinta e independiente de las sumas fijadas por el D. 1347/2003 y las surgidas por la aplicación del D. 392/2003. Asimismo, se dispone que la suma establecida en el art. 1 del D. 1347/2003 tendrá carácter remunerativo y ascenderá a un total de PESOS SESENTA ($ 60), debiendo ser incorporada, a partir del 1/4/2005, a las remuneraciones de los trabajadores vigentes al 31/3/2005.
b) Los sectores, actividades o empresas que hubiesen acordado colectivamente, a partir del 1/9/2004, otros incrementos remunerativos o no sobre los ingresos de los trabajadores podrán compensarlos hasta su concurrencia con la asignación que se crea por el presente decreto, cuando en el convenio o acuerdo se haya previsto esa posibilidad.
Los empleadores que hubiesen otorgado unilateralmente, a partir del 1/9/2004, otros incrementos remunerativos o no sobre los ingresos de los trabajadores podrán compensarlos hasta su concurrencia con la asignación que se establece por el presente decreto, cuando esos incrementos hayan sido otorgados a cuenta de futuros aumentos.
En todos los casos se deberá mantener el carácter remunerativo cuando éste se le hubiera otorgado originariamente.
c) Los trabajadores percibirán en forma proporcional la asignación no remunerativa cuando la prestación de servicios cumplida en el período de pago correspondiente fuere inferior a la jornada legal o convencional.
d) La asignación que se crea no será aplicable a los trabajadores del sector público nacional, provincial y municipal ni a aquellos trabajadores del sector privado cuyas remuneraciones sean determinadas por instituciones o procedimientos específicos, diferentes de los previstos en la ley de contrato de trabajo (L. 20744) y en la ley de convenciones colectivas de trabajo (L. 14250).
DECRETO (Poder Ejecutivo) 2005/2004 BO: 06/01/2005

Servicios

Societaria

Societaria

Se asesora en la formación de la mejor conveniencia de tipos de sociedades dependiendo la actividad económica a emprender y el grupo de empresarios que la forman.Esta área monito...

Sistemas

Sistemas

Desarrollamos un software con plataforma unificada para que pueda ser operado por cualquiera de nuestros profesionales del estudio contable, de esta manera nos mantenemos on line c...

Laboral

Laboral

Se realizan las liquidaciones de haberes mensuales o quincenales como asi también el asesoramiento en materia de obras sociales, sindicales, seguro de trabajo, jubilaciones y con...

Impositiva

Impositiva

En materia tributaria se aplican las normativas nacionales, provinciales y municipales, dependiendo de cada organismo.El asesoramiento abarca las liquidaciones de impuestos "in c...

Económica y Financiera

Económica y Financiera

Se realizan estudios de punto de equilibrio y rentabilidad por línea de productos, como también la incidencia de los gastos sobre las ventas y la participación de cada uno de ell...

Auditoría

Auditoría

Se aplican técnicas de auditorias globales o por muestreo para contraponer la documentación comercial con la realidad económica.Trabajando en equipos de auditores y buscando que se...

Pico 1641 4º A (C1429EEC) - CABA - Argentina | (54+11) 5252-9996 | Razón Social: PABLO DARIO ROSENBLAT CUIT 20-20005427-0 | Todos los derechos reservados 2023 | by ideas2