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01 Dic

Comercios le reclaman a la AFIP que el posnet no sea obligatorio para monotributistas

Representantes de distintas cámaras empresariales se reunieron con funcionarios del fisco nacional para pedir que la obligación no sea aplicable a los pequeños contribuyentes. Desde el organismo que conduce Ricardo Echegaray evaluan qué solución pueden dar al conflicto

La avanzada adelantada hace unos días por iProfesional ya levantó polvareda. Puntualmente, la decisión de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de labrar actas de infracción a los comercios monotributistas que no tienen habilitada la posibilidad de cobrar sus ventas mediante tarjetas de débito a través del uso del "posnet" encendió la alarma en distintas cámaras empresariales.

La primera en manifestarse fue la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) que ya comenzó a reunirse con autoridades del organismo a cargo de Ricardo Echegaray a efectos de solicitar que no sea aplicable la normativa relativa a la obligatoriedad del uso del "posnet" a los contribuyentes monotributistas.

Desde la Federación Económica de Buenos Aires (FEBA) confirmaron la reunión y precisaron que se ha presentado la solicitud ante el fisco nacional.

A través de un breve comunicado, la FEBA señaló que "tras recibir información de las cámaras base sobre controles que la AFIP realiza en algunas ciudades de la Provincia de Buenos Aires, entre las que figuran Mar del Plata y Junín, sobre el cumplimiento" del uso de las terminales electrónicas de pago en comercios monotributistas, elaboró un informe con dichos antecedentes y lo elevó a la Cámara.

"Ante el alcance nacional del tema, la CAME mantuvo reuniones con funcionarios del fisco nacional reclamando la no aplicación de esta normativa que fue implementada, una vez que desde FEBA se frenó el tratamiento de la ley a nivel provincial de la obligatoriedad del uso del posnet", explican en el comunicado.

De acuerdo a la información a la que pudo acceder este medio, resulta casi imposible que la AFIP elimine la obligación impuesta. Sin embargo, las autoridades fiscales buscarían dar una respuesta que otorgue un pequeño márgen de flexibilidad.

En qué consiste la avanzada y cómo defenderse
La avanzada se apoya en el recordado decreto 1.387/2001 que establece que “los contribuyentes que realicen en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final o presten servicios de consumo masivo, deberán aceptar como medio de pago, transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito”.

La intimaciones del fisco nacional apunta a debilitar la venta en efectivo que trae aparejada la falta de facturación.

Desde el blog impositivo Contadores en Interacción señalaron los argumentos que pueden esgrimirse ante la avanzada del organismo a cargo de Ricardo Echegaray.

En primer lugar, los tributaristas mencionan que "el sólo hecho de no contar con el posnet no necesariamente puede afectar el bien tutelado, existiendo un exceso en las facultades del ejercicio de poder de policía por establecer cargas a los comercios que exceden la razonabilidad por los costos que generan".

Asimismo, se puede argumentar que debido a que la implementación del sistema está orientada a formalizar y facilitar la acción del organismo de contralor, "debería proveer el acceso a dicha tecnología mediante la desgravación del costo ocasionado. Esta desgravación podría implementarse mediante el descuento del gasto de la cuota del monotributo”.

También se puede sostener que la AFIP incurre en un exceso en las atribuciones sancionatorias ya que “la sanción posible no está establecida en forma taxativa en la normativa”.

Esto es contrario a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, según la cual el régimen represivo debe ser fijado exclusivamente por ley, con la doble precisión de la conducta punible y la pena concreta a aplicarse. 

Buenos Aires: "posnet por ley"
El conflicto es aún más profundo en la Provincia de Buenos Aires, ya que el Ejecutivo impulsa una ley para obligar a usar "posnet" a los comercios.

Se trata de un proyecto del senador platense del Frente para la Victoria Gustavo Oliva, que fue apoyado abiertamente por el arco oficialista y por el propio gobernador, Daniel Scioli. En efecto, ya cuenta con el aval del Senado.

La iniciativa que obliga a instalar terminales de pago electrónico apunta, entre otros aspectos, a combatir la evasión impositiva y a aumentar la seguridad en las transacciones comerciales. 

Los comerciantes rechazan la propuesta debido a que los bancos y las empresas de tarjetas de crédito se demoran en realizar los depósitos, lo que -según aseguraron- pone en jaque el financiamiento y la rentabilidad de los locales, en un contexto inflacionario.

La Cámara Argentina de Comercio (CAC) se alzó como portavoz de la posición del sector y advirtió que la eventual aprobación de la ley "perjudicará a muchas Pyme". 

En tanto, el bloque del Frente Renovador, que lidera Sergio Massa a nivel nacional, ya anticipó que no acompañará la iniciativa si no se modifica la redacción para elevar el monto mínimo de facturación a partir del cual los comercios estarán obligados a contar con posnet.

Desde la CAC señalaron que si bien se está "a favor de la formalización de la economía, en este caso se estaría desconociendo la realidad" de los pequeños y medianos comerciales".

La entidad empresaria explicó que la operatoria de las tarjetas de crédito varió en los plazos de pago a las empresas y en el número de cuotas otorgadas a los consumidores, con un "efecto severo" sobre el volumen de ventas y el financiamiento del sector Pyme, lo cual resulta "negativo" para las comunidades productivas.

Los plazos de pago a las empresas en los casos de operaciones en cuotas (con o sin interés) se extendieron en las principales emisoras de 48 horas a 18 días hábiles (24 a 26 días corridos), lo que "implica un esfuerzo de financiamiento difícil de superar". 

También -afirmó la Cámara- que los pequeños comercios no tienen la estructura necesaria para afrontar los costos de ventas con tarjeta de débito y crédito, cuyos cargos oscilan entre 1,5% y 3,5% sobre ventas.

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