bg repeat 0
bg repeat 1

NOVEDADES

Edificios
srt
02/02/2026

Riesgos del trabajo: actualización de los protocolos de salud mental y estudios mínimos para la valoración de incapacidades

La autoridad de control optimizó los exámenes médicos obligatorios y las guías de psiquiatría para garantizar una evaluación del daño laboral más ágil y precisa

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.) ha dictado dos nuevas resoluciones que buscan modernizar el marco normativo de las Comisiones Médicas, adaptándolas a los últimos avances científicos y a la reciente actualización de la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales.

Ambas medidas tienen como objetivo principal dotar de mayor celeridad, eficacia y transparencia a los procesos de determinación de daños derivados de accidentes laborales y enfermedades profesionales.

Resolución 7/2026: actualización de estudios mínimos y valoración del daño

Esta resolución aprobó el nuevo 'Protocolo de Estudios Mínimos para la Valoración del Daño Corporal', sustituyendo los regímenes anteriores establecidos en 2017 y 2021.

  • Evidencia previa al alta:

    se impone la obligación a las A.R.T. y E.A. de realizar todos los estudios de diagnóstico necesarios de forma previa o en el mismo momento en que se otorga el Alta Médica o el Fin de Tratamiento.

  • Reducción de plazos administrativos

    : al exigir que la evidencia médica esté lista antes de que el expediente llegue a las Comisiones Médicas, se evitan demoras innecesarias en el trámite de determinación de incapacidad.

  • Estandarización de informes:

    se definen requisitos estrictos de contenido para los informes médicos e interconsultas, asegurando que toda la documentación aportada sea técnicamente sólida y coherente con la nueva Tabla de Evaluación de Incapacidad.

Resolución 8/2026: nuevo protocolo de salud mental

Esta norma estableció el 'Protocolo de Prestaciones en Salud Mental', el cual es de cumplimiento obligatorio para las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y los Empleadores Autoasegurados (E.A.).

  • Enfoque Biopsicosocial

    La normativa reconoció que el daño psíquico no es solo un factor biológico, sino que resulta de la interacción entre variables psicológicas y sociales, donde la funcionalidad del trabajador es clave.

  • Integralidad del tratamiento

    El protocolo fijó pautas para que la asistencia psiquiátrica y psicológica sea integral y oportuna, buscando prevenir secuelas evitables mediante intervenciones tempranas basadas en evidencia

  • Actualización de diagnósticos

    LA modificaron los criterios para secuelas graves, como la Reacción Vivencial Anormal (R.V.A.) con sintomatología psicótica y las alteraciones cognitivo-conductuales que afecten el juicio o la personalidad del trabajador.

  • Vigencia

    Las disposiciones se aplicarán, al igual que la resolución anterior, a partir del 2 de febrero de 2026.