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Patentes 2026: AGIP suspende los vencimientos 2026 y reliquida boletas
La Agencia de Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), por medio de la Resolución 46/2026, dispuso una medida excepcional para la primera emisión del Impuesto a las Patentes 2026. Debido a las fuertes variaciones en las valuaciones fiscales de ciertos vehículos, se decidió suspender los vencimientos vigentes y proceder a una reliquidación general que garantice un tope de aumento vinculado a la capacidad contributiva y la inflación.
Asimismo, la norma establece que en el supuesto que los contribuyentes o responsables hubieren abonado cuotas correspondientes al ejercicio fiscal 2026 en concepto de Patentes sobre Vehículos en General, el importe será considerado como pago a cuenta del tributo del vehículo automotor respectivo.
Días atrás, mediante un comunicado en su sitio web, la AGIP había informado que la emisión de boletas quedaba suspendida y se procedería a una reliquidación del Impuesto.
A continuación, los puntos clave que debes conocer para el cumplimiento de tus obligaciones:
1. El nuevo 'Tope IPCBA'
Según el anuncio, la medida central de la reliquidación es que ningún incremento superará la inflación acumulada de 2025, medida por el Índice de Precios al Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires (31.8%).
Este tope aplica a la totalidad del parque automotor,
incluyendo vehículos de alta gama
.
Se está tramitando un
ante la Legislatura para ratificar este límite normativo.
2. Suspensión de boletas y débitos automáticos
La Agencia ha procedido a:
Dar de baja las boletas actuales:
los contribuyentes deben ignorar las boletas recibidas o descargadas previamente
Anular débitos automáticos: n
o se realizarán cargos por esta vía para la primera cuota, evitando cobros indebidos antes de la reliquidación.
3. Nuevos plazos y modalidades de acceso
La emisión de 2026 será exclusivamente digital. Las nuevas boletas reliquidadas estarán disponibles en los siguientes canales:
Web AGIP:
a partir del 18 de febrero.
Homebanking:
desde el 20 de febrero
.
Nuevo vencimiento unificado: tanto la Cuota 1 como el Pago Anual Anticipado podrán abonarse hasta el 27 de febrero. Esta fecha aplica para todas las terminaciones de dominio, manteniendo los beneficios de pago a término y buen cumplimiento (10% de descuento por pago anual).
4. Tratamiento de los pagos ya realizados
Para aquellos contribuyentes que ya hubieran cancelado la primera cuota o el pago anual con los valores anteriores:
Si el aumento era inferior al 31.8%: el pago se considera correcto y definitivo. No debe realizarse ningún trámite.
Si el aumento superaba el tope:
Pago de Cuota 1:
el excedente se registrará como un saldo a favor
que se aplicará automáticamente en la próxima cuota.
Pago Anual:
la diferencia quedará a disposición
para solicitar su devolución o imputación a futuros vencimientos a través de trámites administrativos.
5. Situaciones especiales (Altas y Bajas)
Bajas:
se debe abonar la cuota proporcional hasta la fecha de la baja. Si tras la reliquidación surge un saldo a favor, se solicita el reintegro vía TAD (Trámites a Distancia).
Altas:
se abona la proporcional desde la fecha de alta; cualquier diferencia a favor se reflejará como crédito para los próximos vencimientos.
Libre Deuda:
debido a la suspensión de la emisión, la AGIP informó que ninguna patente registrará deuda hasta que se cumplan los nuevos plazos de febrero.