

NOVEDADES
El Gobierno envió al Senado el proyecto de Ley de Modernización Laboral
Luego de varias semanas de negociaciones, el Presidente Javier Milei firmó el proyecto final de la reforma laboral y lo remitió al Senado de la Nación para iniciar su tratamiento.
La iniciativa incluye también modificaciones impositivas.
Modernización Laboral:
Se propone una amplia reforma de la Ley de Contrato de Trabajo, introduciendo cambios en aspectos centrales del régimen laboral, entre ellos:
Ámbito de aplicación y exclusiones, redefiniendo qué actividades y sujetos quedan fuera de la LCT.
Principios generales, incluyendo nueva redacción sobre interpretación, irrenunciabilidad y norma más favorable.
Presunción de relación laboral, con límites cuando existan contrataciones civiles o independientes documentadas.
Responsabilidad en intermediación, subcontratación y grupos económicos, con criterios de solidaridad acotados.
Registro laboral ante ARCA, y efectos de la falta de registración.
Facultades del empleador y entrega de certificados, incorporando modalidades digitales.
Modalidades contractuales (tiempo parcial, plazo fijo, eventual y por equipo), con nuevas definiciones y alcances.
Régimen remuneratorio, con redefinición de beneficios sociales, formas de pago y componentes salariales variables.
Modificaciones impositivas
Se establece el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI)
El proyecto introduce un esquema similar al 'Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones' (RIGI), pero dirigido a proyectos de menor envergadura, denominado 'Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones' (RIMI).
Este 'Mini RIGI' está enfocado en estimular proyectos productivos a cargo de empresas (nacionales y extranjeras) que cumplan con requisitos de buena conducta fiscal.
Los montos de inversión mínima requeridos son escalonados según el tamaño de la compañía:
Microempresas: US$ 150.000
Pequeñas Empresas: US$ 600.000
Medianas (Tramo 1): US$ 3,5 millones
Medianas (Tramo 2): US$ 9 millones
Grandes Empresas: US$ 30 millones
Beneficios Clave del RIMI:
Amortización acelerada
: deducción de la inversión en ganancias en un plazo de uno o dos años.
Devolución anticipada de IVA
: a partir del tercer período fiscal.
Reemplazo de activos
: posibilidad de sustituir activos sin perder los beneficios.
El RIMI aplica exclusivamente a inversiones productivas (adquisición/fabricación de bienes muebles nuevos) y excluye activos financieros, de portfolio y bienes de cambio
Impuesto a las ganancias
Se reducen las alícuotas del 35% al 31,5% y la del 30 al 27% para las sociedades de capital.
Se establece la actualización de quebrantos por IPC desde 2025.
Se establecen exenciones para intereses de depósitos y ciertos valores desde 2026.
Se eximen del impuesto los ingresos por alquileres y venta de inmuebles destinados a casa-habitación desde el año 2026.
IVA
Se reduce al 10,5% la alícuota aplicable a la provisión de energía eléctrica para sistemas de riego agroindustrial.
Impuestos internos
Se eliminan impuestos internos para seguros, telefonía y bienes suntuarios.