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30 May

Ganancias y Bienes Personales: el nuevo plazo de vencimiento de las declaraciones juradas anuales es del 11 al 13 de julio Destacado

La AFIP confirmó que respecto al Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales de personas físicas, se posterga por 30 días corridos la presentación de las declaraciones juradas anuales

A través de su cuenta de Twitter, la AFIP confirmó que respecto al Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales de personas físicas, se posterga por 30 días corridos la presentación de las declaraciones juradas anuales.

Puntualmente, la AFIP dispuso prorrogar por 30 días corridos la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos de Bienes Personales y Ganancias para personas físicas, que vencían originalmente entre el 11 y el 13 de junio.

Por lo tanto, las nuevas fechas para las presentaciones de ambos impuestos serán 11, 12  y 13 de julio, según la terminación de la CUIT del contribuyente.

El organismo tributario aclara que el pago de ambos impuestos no se prorroga, debiéndose determinar e ingresar los montos correspondientes hasta el 12, 13 y 14 de junio, según corresponda.

Es decir, que la prórroga alcanza únicamente a la presentación de las declaraciones juradas pero no hay prórroga para el pago. Con el nuevo esquema, habrá que hacer un pago a cuenta ahora –en la fecha original de vencimiento- y luego, con los datos finales saldar el resto.

Por otro lado, la AFIP precisa que el “miniplan” estará disponible solamente para aquellos contribuyentes que hayan presentado su declaración jurada hasta el 30 de junio.

La modificación será oficializada a través de una resolución general del organismo que se publicará en el Boletín Oficial en los próximos días.

Instructivo online

Asimismo, la AFIP dio a conocer la Guía Paso a Paso para la confección de la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias mediante el servicio con clave fiscal “Ganancias Personas Humanas”.

Las declaraciones juradas del año 2017 del Impuesto a las Ganancias como la de Bienes Personales correspondientes a personas humanas se deberán realizar mediante servicios con clave fiscal, habiéndose derogado la presentación mediante aplicativo bajo el sistema SIAP.

 

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