22 Feb

Blanqueo: cambian cómo preservar el patrimonio y los esquemas sucesorios

Hay países donde el titular de una cuenta puede darle poderes a los hijos, por ejemplo, para que puedan manejarla aun en su ausencia, y esto puede facilitar una sucesión       

Hasta el 31 de diciembre, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sumó con el blanqueo 254.788 declarantes, aunque muchas veces no son nuevos contribuyentes sino individuos que ya mostraban una parte de sus bienes. De todos modos, son miles de familias a los que les cambiará el paradigma de cómo cuidar el patrimonio.

"Como consecuencia del sinceramiento de activos, muchas fortunas personales se han duplicado y hasta triplicado a fines fiscales y sucesorios", dijo Guillermo Pérez, del Grupo GNP .

Antes del blanqueo y dado que los bienes de un individuo estaban fuera del alcance del fisco argentino y de las legislación sucesoria del país, el cuidado que un individuo hacia de su patrimonio , en general, era muy bajo, tanto a fines de planificación fiscal como financiera.

Después del blanqueo ese escenario desaparece y los contribuyentes, para Pérez, no tienen conciencia del cambio profundo que se ha producido.

¿Qué hacer ante la nueva situación?

De ahora más la renta que genere ese patrimonio estará expuesto a pagar el 35% de Impuesto a las Ganancias y una alícuota que irá disminuyendo de Bienes Personales.

Pero Pérez recordó que existen rentas exentas: títulos públicos argentinos o de algunos pocos países con los que Argentina tiene convenio para evitar la doble imposición. También estarán exentas las rentas de ciertas Obligaciones Negociables (ON) y Fondos Comunes de Inversión, y las diferencias de cambio de rentas provenientes de activos financieros del exterior.

A su vez algunos de esos activos estarán exentos de Bienes Personales: acciones (pagan vía responsable sustituto) y títulos públicos argentinos.

En general los títulos, acciones o fondos comunes de inversión del exterior, y los inmuebles localizados en el exterior, estarán sujetos al Impuesto a las Ganancias y a Bienes Personales.

Se requerirá un cuidadoso análisis de cuánto invertir en riesgo argentino y cuánto invertir en portfolios extranjeros o inmuebles en el exterior, puntualizó Pérez.

Antes del blanqueo, simples cláusulas en la apertura de cuentas o la definición de determinadas sociedades en países de nula o baja imposición aseguraban la sucesión. Pero los patrimonios están ahora declarados y sujetos a la legislación sucesoria argentina.

A pesar de eso, el titular querrá, como solía ocurrir antes del blanqueo, que sus sucesores tengan acceso inmediato y seguro a sus cuentas o inmuebles.

La elección del país y de la entidad financiera será vital para asegurar o intentar que los herederos tengan rápido acceso a los bienes aun ante la no existencia del titular original, dijo Pérez.

Toda la planificación sucesoria será compleja y exigirá un análisis profundo de la legislación de ciertos países y las condiciones que entes reguladores de sociedades off shore o de entidades financieras exijan, a la hora de enfrentarse a un hecho sucesorio, explicó.

Hasta ahora, para lograr una rápida sucesión, se utilizaba frecuentemente la figura de cotitular, o de derechos accionarios que subsisten aun ante la ausencia del titular.

De ahora en más este procedimiento, si se sigue utilizando del mismo modo, puede sufrir ciertas consecuencias inesperadas que no ocurrían hasta antes del blanqueo de capitales.

"Como consecuencia de un tratado de intercambio de información entre países, puede surgir la necesidad de explicar a la AFIP que los hijos no son los reales titulares y que eso se hace al solo efecto de facilitar el uso de la cuenta si el titular no pudiera operarla", indicó Pérez.

A su vez si los hijos son cotitulares, y tienen negocios propios que les pudieran originar un juicio legal, previsional, laboral, impositivo o de cualquier otra causa, ese patrimonio de los padres del cual el hijo es cotitular podría verse afectado por esos juicios, advirtió.

Para evitar esto, antes de decidir en cuál entidad financiera y de qué país se colocarán los fondos, habrá que averiguar dónde es posible abrir las cuentas con la figura de un poder o instrumento similar, a favor de los futuros herederos y que sea válido legalmente aun ante la ausencia del que otorga el poder, precisó a El Cronista.

Pérez concluyó que sin más profesionalismo quienes blanquearon su patrimonio verán erosionarse rápida y fuertemente sus patrimonios.

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